Ordenanzas Municipales. 2020-013 Sustitutiva para la prevención regulación y control de la contaminación, producida por ruido
Número de Boletín | 1568 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO QUITO |
Miércoles 21 de abril de 2021Registro Ocial - Edición Especial Nº 1568
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Gobierno Autónomo Descentraliz ado Municipal del Cantón Puerto Quito
Av. 18 de Mayo #434 y Pedro Vicente Maldonado
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ORDENAZA No 2020- 013
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO QUITO
Considerando
397 numeral 2, y 400, reconoce el derecho de la población a vivir en un
ambiente sano ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el
buen vivir. Se declara de interés público la preservación del medio ambiente,
la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del
patrimonio genético del país, la prevención de daño ambiental y la
recuperación de los espacios naturales degradados;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, en el Art. 54 literales k) y p) establece dentro de las
funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón
Puerto Quito “Regular, prevenir, y controlar la contaminación ambiental en el
territorio cantonal de manera articulada con las políticas ambientales
nacionales”; “Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de las
actividades económicas, empresariales o profesionales; que se desarrollen en
locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de
precautelar los derechos de la colectividad.”;
literales e) y f) es obligación del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Puerto Quito, en cuanto es institución del Estado y como
parte del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, en el
ejercicio de sus atribuciones y en el ámbito de su competencia, regular y
promover la conservación del medio ambiente y el uso sustentable de los
recursos naturales en armonía con el interés social, así como promover la
participación de la comunidad en la formulación de políticas para la protección
del medio ambiente y manejo racional de los recursos naturales;
Que, es frecuente el uso indiscriminado y sin control de agentes emisores que
sobrepasan los niveles de permisibilidad de ruido;
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Puerto
quito, está en la obligación de adoptar las medidas necesarias para garantizar
la tranquilidad ciudadana, ante la generación de diversas actividades que
producen ruido en el cantón;
Que la disposición transitoria vigésimo segunda del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización ordena a los
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