21-CPP 2019-2023 Reformatoria a la Ordenanza del presupuesto, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2022

Fecha de publicación21 Octubre 2022
Número de Gaceta570
Viernes 21 de octubre de 2022 Edición Especial Nº 570 - Registro Ocial
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Ordenanza Provincial No. 21-CPP 2019-2023
EL CONSEJO PROVINCIAL DE PICHINCHA
Considerando:
Que el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana…”;
Que el artículo 270 de la Constitución de la República del Ecuador señala que: “Los
gobiernos autónomos descentralizados generarán sus propios recursos financieros y
participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de
subsidiariedad, solidaridad y equidad”;
Que el artículo 286 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “Las
finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno, se conducirán de forma sostenible,
responsable y transparente y procurarán la estabilidad económica…”;
Que el artículo 287 de la Constitución de la República del Ecuador, en relación a la
política fiscal determina que: Toda norma que cree una obligación financiada con
recursos públicos establecerá la fuente de financiamiento correspondiente. Solamente
las instituciones de derecho público podrán financiarse con tasas y contribuciones
especiales establecidas por ley”;
Que el artículo 255 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización establece “Reforma presupuestaria.- Una vez sancionado y aprobado
el presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de los siguientes medios:
traspasos, suplementos y reducciones de créditos…”;
Que el artículo 261 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización señala Resolución.- Si en el curso del ejercicio financiero se
comprobare que los ingresos efectivos tienden a ser inferiores a las cantidades
asignadas en el presupuesto el legislativo del gobierno autónomo descentralizado, a
petición del ejecutivo, y previo informe de la persona responsable de la unidad
financiera, resolverá la reducción de las partidas de egresos que se estime
convenientes, para mantener el equilibrio presupuestario;

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