Sentencias. 2259-16-EP/21 En el Caso N° 2259-16-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección planteada

Número de Boletín197
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Martes 6 de julio de 2021Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 197
115
Sentencia No. 2259-16-EP/21
Juez ponente: Hernán Salgado Pesantes
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 02 de junio de 2021
CASO No. 2259-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES,
EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes Procesales
1. El 3 de julio de 2015, Nelson Vinicio Ramos Pilco, en calidad de gerente
general de NEYMATEX S.A., presentó una demanda de impugnación en contra
de la Resolución No. SENAE-DGN-2015-0442-RE, emitida el 16 de junio de
2015 por el director general del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (en
adelante “SENAE”)1.
2. El proceso judicial fue signado con el No. 09504-2015-00076, y recayó en el
Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario con sede en el cantón Guayaquil,
provincia del Guayas, órgano que a través de la sentencia emitida el 15 de junio
de 2016, aceptó la demanda, “declarándose la nulidad de la Resolución SENAE-
DGN-2015-0442-RE emitida por el Director General del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador, así como el contenido íntegro de su antecedente la
Rectificación de Tributos DNI-DRI1-RECT-2014-0018”.
3. Frente a esta situación, la parte demandada interpuso recurso de casación,
mismo que fue admitido a trámite en auto de 3 de agosto de 2016,
exclusivamente al amparo de la causal cuarta del artículo 3 de la Ley de
1
En la Resolución No. SENAE-DGN-2015-0442-RE se declaró sin lugar el reclamo realizado por
NEYMATEX S.A. y se ratificó la validez de la rectificación de tributos No. DNI-DRI1 -RECT-2014-
0018, en el que se realizó la reliquidación de los tributos por la suma de USD $20.445.33.
Tema: En la presente decisión se analiza si la sentencia emitida el 11 de octubre de
2016 por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de
Justicia, vulnera los derechos al debido proceso en su garantía de ser juzgado con
observancia del trámite propio de cada procedimiento y a la seguridad jurídica. Una
vez efectuado el análisis correspondiente, se resuelve desestimar la acción
extraordinaria de protección.
Sentencia No. 2259-16-EP/21
Juez ponente: Hernán Salgado Pesantes
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Liz ardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 02 de junio de 2021
CASO No. 2259-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES,
EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes Procesales
1. El 3 de julio de 2015, Nelson Vinicio Ramos Pilco, en calidad de gerente
general de NEYMATEX S.A., presentó una demanda de impugnación en contra
de la Resolución No. SENAE-DGN-2015-0442-RE, emitida el 16 de junio de
2015 por el director general del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (en
adelante “SENAE”)1.
2. El proceso judicial fue signado con el No. 09504-2015-00076, y recayó en el
Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario con sede en el cantón Guayaquil,
provincia del Guayas, órgano que a través de la sentencia emitida el 15 de junio
de 2016, aceptó la demanda, “declarándose la nulidad de la Resolución SENAE-
DGN-2015-0442-RE emitida por el Director General del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador, así como el contenido íntegro de su antecedente la
Rectificación de Tributos DNI-DRI1-RECT-2014-0018”.
3. Frente a esta situación, la parte demandada interpuso recurso de casación,
mismo que fue admitido a trámite en auto de 3 de agosto de 2016,
exclusivamente al amparo de la causal cuarta del artículo 3 de la Ley de
1 En la Resolución No. SENAE-DGN-2015-0442-RE se declaró sin lugar el reclamo realizado por
NEYMATEX S.A. y se ratificó la validez de la rectificación de tributos No. DNI-DRI1 -RECT-2014-
0018, en el que se realizó la reliquidación de los tributos por la suma de USD $20.445.33.

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