Acuerdos. 23-2019 Deléguense facultades y atribuciones al Viceministro de Gestión del Transporte

Número de Boletín532
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Miércoles 17 de julio de 2019 – 13Registro Of‌i cial Nº 532
la declaratoria de situación de emergencia del sector
de movilidad humana en las provincias fronterizas del
Carchi, el Oro y en la Provincia de Pichincha, referente
al f‌l ujo migratorio inusual de ciudadanos de la República
Bolivariana de Venezuela, emitida mediante Resolución
No. 000152, de 9 de agosto de 2018;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 0000041, de 30 de
abril de 2019, se extendió hasta el 31 de mayo de 2019
la declaratoria de situación de emergencia del sector
de movilidad humana en las provincias fronterizas del
Carchi, el Oro y en la Provincia de Pichincha, referente
al f‌l ujo migratorio inusual de ciudadanos de la República
Bolivariana de Venezuela, emitida mediante Resolución
No. 000152, de 9 de agosto de 2018;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 0000059, de 31 de
mayo de 2019, se extendió hasta el 30 de junio de 2019
la declaratoria de situación de emergencia del sector
de movilidad humana en las provincias fronterizas del
Carchi, el Oro y en la Provincia de Pichincha, referente
al f‌l ujo migratorio inusual de ciudadanos de la República
Bolivariana de Venezuela, emitida mediante Resolución
No. 000152, de 9 de agosto de 2018;
Que los representantes de los Gobiernos de la República
Argentina, República de Chile, República de Colombia,
República de Costa Rica, República del Ecuador,
República del Paraguay, República del Perú y República
Oriental del Uruguay, reunidos en Quito, los días 22 y 23
de noviembre de 2018, aprobaron el “PLAN DE ACCIÓN
DEL PROCESO DE QUITO SOBRE LA MOVILIDAD
HUMANA DE NACIONALES VENEZOLANOS EN
LA REGIÓN” para robustecer las acciones tendientes
a facilitar la movilidad humana de los ciudadanos
venezolanos en los territorios de los países signatarios;
Que los representantes de los Gobiernos de las Repúblicas
de Ecuador, Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica,
Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela suscribieron la
“DECLARACIÓN CONJUNTA DE LA III REUNIÓN
TÉCNICA INTERNACIONAL SOBRE MOVILIDAD
HUMANA DE CIUDADANOS VENEZOLANOS EN
LA REGIÓN”, en la ciudad de Quito, los días 8 y 9 de
abril de 2019, con el f‌i n de dar seguimiento a los acuerdos
de la “DECLARACIÓN DE QUITO” de 4 de septiembre
de 2018; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere la
Administrativo, el Reglamento a la Ley Orgánica de
Movilidad Humana; y, demás normas sobre la materia,
Acuerda:
ARTÍCULO ÚNICO.- EXTENDER hasta el 31 de julio
de 2019, la declaratoria de situación de emergencia del
sector de movilidad humana en las provincias fronterizas
del Carchi, El Oro y en la provincia de Pichincha, referente
al f‌l ujo migratorio inusual de ciudadanos de la República
Bolivariana de Venezuela, emitida mediante Resolución
No. 000152, de 9 de agosto de 2018. En todo lo demás, se
estará a lo dispuesto en el precitado acto administrativo.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo
Ministerial de extensión del plazo de vigencia de la
situación de emergencia, deberá ser publicado en el Portal
de COMPRAS PÚBLICAS, conforme lo establece la Ley
Una vez superada la situación de emergencia, se publicará
en el Portal de COMPRAS PÚBLICAS, un informe que
contenga el detalle de las contrataciones realizadas y el
presupuesto empleado, con indicación de los resultados
obtenidos, bajo la estricta responsabilidad de cada
institución.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 30 de junio
de 2019.
f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA
RAZÓN.- Siento por tal que las dos (2) fojas que anteceden,
son copias del Acuerdo Ministerial No. 0000079 del
30 de junio de 2019, conforme el siguiente detalle fojas:
1-2, son copias del original, documento que reposa en
la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y
ARCHIVO- LO CERTIFICO.
Quito, D.M. 3 de julio de 2019.
f.) Emb. Francisco Augusto Riofrío Maldonado, Director de
Gestión Documental y Archivo.
OBSERVACIÓN: Esta Dirección de Gestión Documental
y Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana no se responsabiliza por el estado
y la veracidad de los documentos presentados para la
certif‌i cación por parte de la Dirección que los custodia,
y que puedan inducir a equivocación o error, así como
tampoco por el uso doloso o fraudulento que se pueda hacer
de los documentos certif‌i cados.
No. 23-2019
Ing. Jorge Aurelio Hidalgo Zavala
MINISTRO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
Considerando:
República del Ecuador, dispone que a los Ministros de
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