Sentencias. 2373-16-EP/21 En el Caso N° 2373-16-EP Rechácese por improcedente la acción extraordinaria de protección

Número de Boletín217
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Jueves 16 de septiembre de 2021Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 217
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Sentencia No. 2373-16-EP/21
Juez ponente: Agustín Grijalva Jiménez
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 04 de agosto de 2021
CASO No. 2373-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes
I. Antecedentes procesales
1. El 30 de julio del 2004, Guillermo Callol, en calidad de gerente general de la
Compañía Sudamericana de Fósforos del Ecuador FOSFOROCOMP S.A. y de la
compañía Petróleos Sudamericanos del Ecuador PETROLAMEREC S.A. y
Francisco Roldán Cobo, en calidad de procurador judicial de la compañía
PETRORIVA S.A. presentaron una demanda de ejecución de laudo arbitral en contra
de la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador PETROECUADOR, y en contra de la
Empresa Estatal de Exploración y Producción de Petróleos del Ecuador
PETROPRODUCCIÓN.
1
2. La tramitación del juicio especial de ejecución de laudo arbitral recayó en el Juzgado
Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha. PETROECUADOR, a lo largo de la
tramitación del juicio, solicitó en varias ocasiones que el juzgador declare el
abandono del proceso y ordene el archivo de la causa.
2
1
Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, causa N°. 17321 -2004-0073, fj. 22-25. El 1 de julio
1999 mediante escritura pública se suscribieron los Contratos para la Exploración de Pet róleo Crudo y
Exploración Adicional de Hidrocarburos entre PETROECUADOR y PETROPRODUCCIÓN como
contratante, y por otra parte la unión de empresas PETROLAMEREC S .A., FOSFOROCOMP S.A. y
PETRORIVA S.A. como contratistas en los campos marginales Palanda Yuca Sur y Pindo. En marzo del
2002, las compañías contratistas demandaron en juicio arbitral al contratante. El origen del litigio fue que
PETROECUADOR y PETROPRODUCCIÓN vendieron a las compañías contratistas el combustible a
precios internacionales, cuando debieron realizar dicha venta a precios nacionales, tal como se habría
acordado en el contrato. El 2 de enero de 2003, el Tribunal Arbitral de Cámara de Comercio de Quito
expidió el laudo arbitral, en el cual aceptó la demanda, ordenó que PETROECUADOR y
PETROPRODUCCIÓN devuelvan a las compañías la diferencia de valores existente entre precio de
mercado nacional e internacional del combustible. El 25 de julio de 200 3, dicho Tribunal de Arbitraje
aprobó el informe pericial de liquidación de intereses y ordenó a PETROECUADOR y
PETROPRODUCCIÓN el pago de USD 862.784,56 a favor de las compañías contratistas.
2
Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia d e Pichincha, causa N°. 17321-2004-
0773, fs. 23 y 24. Conforme lo refiere Petroecuador en su demanda, la empresa estatal solicitó que se
Tema: La Corte Constitucional rechaza por improcedente la acción extraordinaria de
protección en contra de autos emitidos por la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte
Provincial de Justicia de Pichincha dentro de un juicio especial de ejecución de laudo
arbitral, por no ser objeto de esta acción.
Sentencia No. 2373-16-EP/21
Juez ponente: Agustín Grijalva Jiménez
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Liz ardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 04 de agosto de 2021
CASO No. 2373-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes
I. Antecedentes procesales
1. El 30 de julio del 2004, Guillermo Callol, en calidad de gerente general de la
Compañía Sudamericana de Fósforos del Ecuador FOSFOROCOMP S.A. y de la
compañía Petróleos Sudamericanos del Ecuador PETROLAMEREC S.A. y
Francisco Roldán Cobo, en calidad de procurador judicial de la compañía
PETRORIVA S.A. presentaron una demanda de ejecución de laudo arbitral en contra
de la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador PETROECUADOR, y en contra de la
Empresa Estatal de Exploración y Producción de Petróleos del Ecuador
PETROPRODUCCIÓN.1
2. La tramitación del juicio especial de ejecución de laudo arbitral recayó en el Juzgado
Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha. PETROECUADOR, a lo largo de la
tramitación del juicio, solicitó en varias ocasiones que el juzgador declare el
abandono del proceso y ordene el archivo de la causa.2
1 Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, causa N°. 17321 -2004-0073, fj. 22-25. El 1 de julio
1999 mediante escritura pública se suscribieron los Contratos para la Exploración de Pet róleo Crudo y
Exploración Adicional de Hidrocarburos entre PETROECUADOR y PETROPRODUCCIÓN como
contratante, y por otra parte la unión de empresas PETROLAMEREC S .A., FOSFOROCOMP S.A. y
PETRORIVA S.A. como contratistas en los campos marginales Palanda Yuca Sur y Pindo. En marzo del
2002, las compañías contratistas demandaron en juicio arbitral al contratante. El origen del litigio fue que
PETROECUADOR y PETROPRODUCCIÓN vendieron a las compañías contratistas el combustible a
precios internacionales, cuando debieron realizar dicha venta a precios nacionales, tal como se habría
acordado en el contrato. El 2 de enero de 2003, el Tribunal Arbitral de Cámara de Comercio de Quito
expidió el laudo arbitral, en el cual aceptó la demanda, ordenó que PETROECUADOR y
PETROPRODUCCIÓN devuelvan a las compañías la diferencia de valores existente entre precio de
mercado nacional e internacional del combustible. El 25 de julio de 200 3, dicho Tribunal de Arbitraje
aprobó el informe pericial de liquidación de intereses y ordenó a PETROECUADOR y
PETROPRODUCCIÓN el pago de USD 862.784,56 a favor de las compañías contratistas.
2 Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, causa N°. 17321-2004-
0773, fs. 23 y 24. Conforme lo refiere Petroecuador en su demanda, la empresa estatal solicitó que se

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