Dictámenes y sentencias. 24-18-IS/21 En el caso No. 24-18-IS Rechácese por improcedente la acción de incumplimiento No. 24-18-IS.

Número de Boletín226
SecciónDictámenes y sentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 20 de octubre de 2021 Edición Constitucional Nº 226 - Registro Ocial
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Sentencia No. 24-18-IS /21
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, 1 de septiembre de 2021
CASO No. 24-18-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 24-18-IS/21
Tema: La Corte Constitucional rechaza por improcedente la acción de incumplimiento
propuesta por Jorge Iván Sper Castro, al considerar que la resolución de medidas
cautelares que se alega incumplida no es objeto de la acción ni cumple los presupuestos
de excepción para su análisis.
1. Antecedentes y procedimiento
1.1. Antecedentes procesales
1.
El 5 de enero de 2011, Jorge Iván Sper Castro solicitó se dicte una medida cautelar autónoma
con el fin de que se inscriba en el Registro de la Propiedad de Guayaquil una escritura pública
de compraventa de derechos y acciones hereditarias suscrita el 3 de enero de 1986
1
.
2. El 10 de enero de 2011, el juez octavo de trabajo del Guayas aceptó la medida cautelar
solicitada y ordenó que el Registrador de la Propiedad de Guayaquil inscriba la escritura
pública referida.
3. En virtud de las solicitudes del accionante para que se cumpla la resolución de 10 de
enero de 2011, el 30 de septiembre de 2011 el juez octavo de trabajo del Guayas ordenó
nuevamente que se inscriba la escritura pública.
4. El 22 de marzo de 2013 y 24 de enero de 2014, Jorge Iván Sper Castro presentó escritos
insistiendo que se ordene el cumplimiento de la resolución de 10 de enero de 2011.
1.2. Procedimiento ante la Corte Constitucional
5. El 3 de mayo de 2018, Jorge Iván Sper Castro (en adelante, “el accionante”) presentó
acción de incumplimiento de la resolución dictada el 10 de enero de 2011 en el proceso
de medidas cautelares autónomas.
6. El 16 de mayo de 2018, el Pleno de la Corte Constitucional sorteó la causa a la entonces
jueza constitucional Marien Segura Reascos.
1 El proceso fue signado con el No. 09358-2011-0004. En dicha escritura se describe un inmueble como
parte de los derechos hereditarios.

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