Ordenanzas Municipales. 24-2017 Cantón Pedro Vicente Maldonado: Que Reforma A La Ordenanza Que Administración Y Funcionamiento Servicio De Cementerios

Número de Boletín142
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
14 – Jueves 7 de diciembre de 2017 Edición Especial Nº 142 – Registro Of‌i cial
Autonomía y Descentralización COOTAD; y demás leyes
conexas que sean aplicables y no se contrapongan.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- A los usuarios que actualmente se abastecen de
agua potable mediante conexión ilegal, la Dirección de Agua
Potable y Alcantarillado, a través de la Sección respectiva,
procederá a la instalación inmediata del medidor, para lo
cual deberá cancelar los gastos generados por concepto de
derecho de línea contenido en el Art. 23, costo de medidor y
las sanciones de ley contempladas en el capítulo IX de esta
Ordenanza.
El pago podrá realizarlo el abonado de contado, o a través
de convenio cuyas cuotas serán consideradas en la factura
mensual a más del consumo.
SEGUNDA.- A los propietarios de predios que actualmente
no descargan las aguas servidas al alcantarillado, y que
dispongan de este sistema, la Dirección de Agua Potable
y Alcantarillado los notif‌i cará sobre la obligatoriedad
del uso del servicio de alcantarillado, a f‌i n de que
presenten la solicitud, y procedan a realizar la legalización
correspondiente más el costo de este servicio contenido en el
Capítulo IV, Art. 22 y 23 de esta Ordenanza, concediéndose
un plazo de 48 horas para la legalización de este servicio.
TERCERA.- La Dirección de Agua Potable y Alcantarillado,
en el tiempo máximo de tres meses, procederá a la
instalación de las conexiones de alcantarillado a todos los
predios, considerando las categorías residencial o doméstica,
comercial, industrial y pública, que mantengan actualmente
descargas directas, gastos que serán cargados a las facturas
mensuales.
DEROGATORIA
PRIMERA.- Deróguese en f‌i n todas las disposiciones que
se opongan a esta Ordenanza y que sean contrarias; y, todas
las resoluciones y disposiciones que sobre esta materia se
hubieren aprobado anteriormente.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su
sanción, y publicación en el Registro Of‌i cial, tal como
determina el Art. 324 del COOTAD.
Publíquese el presente instrumento en la página web e
informativo. Dado y f‌i rmado en la sala de sesiones del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón
Montecristi. Dado y f‌i rmado en la sala de sesiones del Ilustre
Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Montecristi–Manabí, a los doce días
del mes de octubre de 2017.
Lo certif‌i co. f.) Ing. Ricardo Quijije Anchundia, Alcalde.
f.) Abg. Marisol Rodríguez Sánchez, Secretaria General.
Abg. Marisol Rodríguez Sánchez, Secretaria General del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón
Montecristi – Manabí.- Certif‌i ca: Que: ORDENANZA
PARA LA ADMINISTRACION, REGULACION Y
CONTROL DE LA TARIFA DEL SERVICIO DE
AGUA POTABLE Y LA TASA DEL SERVICIO
DE ALCANTARILLADO; Y, EL SERVICIO
DEL HIDROSUCCIONADOR EN EL CANTON
MONTECRISTI, fue analizada, discutida y aprobada
en dos sesiones distintas, celebradas el día 04 de octubre
de 2017 en primer debate y, el día 12 de octubre de 2017
en segundo debate, en sesiones ordinarias extraordinaria
respectivamente.
Montecristi, 13 de octubre de 2017.
f.) Abg. Marisol Rodríguez Sánchez, Secretaria General.
De conformidad a lo que establece el Art. 322 inciso 5 del
Descentralización (COOTAD), remito a Usted señor Alcalde
la presente Ordenanza para su sanción.
Montecristi, 13 de octubre de 2017.
f.) Abg. Marisol Rodríguez Sánchez, Secretaria General..
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN MONTECRISTI- MANABÍ.
Por cuanto esta ordenanza reúne los requisitos determinados
Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD),
sanciónese para los efectos legales correspondientes.
Ejecútese y publíquese.
Montecristi, 16 de octubre de 2017.
f.) Ing. Ricardo Quijije Anchundia, Alcalde.
Proveyó y f‌i rmó el decreto que antecede el señor ingeniero
Ricardo Quijije Anchundia, Alcalde del Gobierno
Descentralizado Autónomo del cantón Montecristi- Manabí,
el día 16 de octubre de 2017.
Lo certif‌i co,
f.) Abogada Marisol Rodríguez, Secretaria General.
Nro. 24-2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN
PEDRO VICENTE MALDONADO:
Considerando:
establece una nueva organización territorial del Estado,
incorpora nuevas competencias a los gobiernos autónomos
descentralizados y dispone que por ley se establezca
el sistema nacional de competencias, los mecanismos
de f‌i nanciamiento y la institucionalidad responsable de
administrar estos procesos a nivel nacional.
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