Sentencias. 2670-18-EP/21 En el Caso N° 2670-18-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección N° 2670-18-EP

Número de Boletín264
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 19 de enero de 2022Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 264
87
Sentencia No. 2670-18-EP/21
Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
ema il: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 01 de diciembre de 2021
CASO No. 2670-18-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema : En la presente sentencia se analiza la presunta violación del derecho al debido
proceso en la garantía de la motivación en las sentencias del 17 de julio de 2018, dictada
por la Sala Provincial; sin embargo, y del 28 de mayo de 2018 emitida por la Unidad
Judicial. Luego del análisis constitucional se desestima la demanda.
I. Antecedentes Procesales
1. El 20 de abril de 2018, el señor Edwin Leonardo Jarrín Jarrín - en adelante “el
accionante”- presentó una acción de protección en contra del presidente de la
República. En lo principal, el accionante pretendía que se declare la violación de sus
derechos a la seguridad jurídica y a desempeñar funciones públicas, como
consecuencia de la convocatoria y de los resultados del referéndum y consulta
popular del 4 de febrero de 2018, que provocó el cese de sus funciones como
consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
1
2. El 28 de mayo de 2018, la Unidad Judicial, mediante sentencia, resolvió “inadmitir”
la demanda del accionante. De esta decisión el accionante apeló.
3. El 17 de julio de 2018, la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte
Provincial de Justicia de Pichincha -en adelante “la Sala Provincial”-, resolvió en
sentencia rechazar el recurso de apelación y confirmar la sentencia subida en grado.
4. El 9 de agosto de 2018, el accionante planteó acción extraordinaria de protección
contra la sentencia de alzada. En la Corte Constitucional la causa fue signada con el
número 2670-18-EP y, por sorteo, su conocimiento correspondió a la jueza
constitucional Teresa Nuques Martínez.
1 La acción de protección fue signada bajo el número 17233-2018-01601, y su conocimiento se radicó
ante la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Quitumbe del cantón Quito -en adelante “la Unidad
Judicial” -.
Sentencia No. 2670-18-EP/21
Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 01 de diciembre de 2021
CASO No. 2670-18-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes Procesales
1. El 20 de abril de 2018, el señor Edwin Leonardo Jarrín Jarrín - en adelante “el
accionante”- presentó una acción de protección en contra del presidente de la
República. En lo principal, el accionante pretendía que se declare la violación de sus
derechos a la seguridad jurídica y a desempeñar funciones públicas, como
consecuencia de la convocatoria y de los resultados del referéndum y consulta
popular del 4 de febrero de 2018, que provocó el cese de sus funciones como
consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.1
2. El 28 de mayo de 2018, la Unidad Judicial, mediante sentencia, resolvió “inadmitir”
la demanda del accionante. De esta decisión el accionante apeló.
3. El 17 de julio de 2018, la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte
Provincial de Justicia de Pichincha -en adelante “la Sala Provincial”-, resolvió en
sentencia rechazar el recurso de apelación y confirmar la sentencia subida en grado.
4. El 9 de agosto de 2018, el accionante planteó acción extraordinaria de protección
contra la sentencia de alzada. En la Corte Constitucional la causa fue signada con el
número 2670-18-EP y, por sorteo, su conocimiento correspondió a la jueza
constitucional Teresa Nuques Martínez.
1 La acción de protección fue signada bajo el número 17233-2018-01601, y su conocimiento se radicó
ante la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Quitumbe del cantón Quito -en adelante “la Unidad
Judicia l”-.

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