Acuerdos. 28/2017 Refórmese El Acuerdo No. 021/2016 De 30 De Septiembre Del 2016

Número de Boletín131
SecciónAcuerdos
EmisorDirección General de Aviación Civil
6 – Jueves 30 de noviembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 131
Que, con Resolución No. 017/2014, de 22 de octubre del
2014, el Consejo Nacional de Aviación Civil, Expide el
Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación
de los Servicios de Transporte Aéreo, mismo que ha sido
publicado en el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 397, de 16 de diciembre del 2014; y,
Con base a la delegación realizada en la RESOLUCIÓN
No. 001/2013, de 24 de diciembre de 2013, el Director
General de Aviación Civil
Acuerda:
ARTÍCULO 1.- MODIFICAR las cláusulas PRIMERA y
SEGUNDA del ARTÍCULO 2 del Acuerdo No. 046/2015
de 18 de diciembre del 2015, modif‌i cado por Acuerdo No.
016/2016 de 17 de junio del 2016, por las siguientes:
PRIMERA: Clase de Servicio: Transporte aéreo público,
internacional, regular, de carga y correo, en forma
combinada.
SEGUNDA: Ruta, frecuencias y derechos: “La aerolínea”
operará la siguiente ruta, frecuencias y derechos:
COLOMBIA (Bogotá y/o Medellín, Ríonegro)- MIAMI-
BRASIL (Curitiba y/o Porto Alegre y/o Vitoria y/o Belo
Horizonte y/o Río de Janeiro y/o Cabo Frio y/o Salvador do
Bahía y/o Manaos y/o Sao Paulo (Viracopos) y/o Brasilia)-
ECUADOR (Quito y/o Guayaquil)-COLOMBIA (Bogotá
y/o Medellín, Rionegro), con posibilidad de omitir o
alternar en cualquier o en todos los vuelos cualquier punto
o puntos siempre y cuando el vuelo inicie o termine en el
territorio colombiano.
Frecuencias; Ocho (8) semanales.
Derechos de Tráf‌i co: Hasta de quinta libertad, excepto entre
Brasil-Ecuador (Quito y/o Guayaquil).
La compañía deberá dar cumplimiento a lo que establece
la Resolución Nro. DGAC-YA-2017-0038-R de 07 de
marzo del 2017, en la que se regula las “Disposiciones
Complementarias para la aprobación y cumplimiento
de itinerarios en el servicio de transporte aéreo regular
exclusivo de carga”.
ARTÍCULO 2.- Salvo lo dispuesto en el artículo
precedente, los demás términos y condiciones del Acuerdo
No. 046/2015 de 16 de diciembre del 2015, modif‌i cado con
Acuerdo No. 016/2016 de 17 de junio de 2016, se mantienen
vigentes y sin ninguna modif‌i cación.
ARTICULO 3.- Del cumplimiento del presente Acuerdo,
encárguese a la Dirección General de Aviación Civil, a
través de los respectivos procesos institucionales.
Comuníquese, notifíquese y publíquese.- Dado en la ciudad
de Quito, Distrito Metropolitano, 31 de octubre de 2017.
f.) Ing. Luis Ignacio Carrera Muriel, Director General de
Aviación Civil.
CERTIFICO: Que expidió y f‌i rmó el Acuerdo que antecede,
el Ingeniero Luis Ignacio Carrera Muriel, Director General
de Aviación Civil, en Quito, Distrito Metropolitano, 31 de
octubre de 2017.
Lo certif‌i co.
f.) Dra. Rita Huilca Cobos, Directora de Secretaria General
de la DGAC.
RAZÓN: En Quito a, 01 de noviembre de 2017, Notif‌i qué el
contenido del Acuerdo No. 27/2017 a la compañía LÍNEA
AÉREA CARGUERA DE COLOMBIA “LANCO”, por
boleta depositada en el Casillero Judicial No. 4135 del
Palacio de Justicia de esta ciudad.- CERTIFICO:
f.) Dra. Rita Huilca Cobos, Directora de Secretaria General
de la DGAC.
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
SECRETARIA GENERAL
Yo: doctora Rita Huilca Cobos, en mi calidad de Directora
de Secretaría General de la Dirección General de Aviación
Civil, siendo una de mis atribuciones como responsable del
proceso, el “c) Otorgar certif‌i caciones a petición de parte
o por disposición de Autoridad Competente”, como lo
determina el “Artículo 4.-” de la Resolución No. 238/2010
de 30 de agosto del 2010, mediante la cual se Reforma
el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos de la Dirección General de Aviación Civil, y
dando atención a la petición realizada con memorando
Nro. DGAC-AB- 2017-1165-M de 7 de noviembre de 2017,
suscrito por la Licenciada Margie Salvador Jaramillo,
Asistente de Abogacía, en el que se indica que se requiere
copia certif‌i cada del Acuerdo No. 27/2017 de 31 de
octubre del 2017, otorgado a favor de la compañía LÍNEA
AÉREA CARGUERA DE COLOMBIA “LANCO”, a
f‌i n de remitir para su publicación en el Registro Of‌i cial,
CERTIFICO que el documento contenido en cinco (5)
fojas del Acuerdo No. 27/2017 de 31 de octubre del 2017,
f‌i rmado por el señor Director General de Aviación Civil, es
FIEL COPIA DEL ORIGINAL que reposa en el archivo
activo de esta Dirección de Secretaría General.
Quito, D.M a, 7 de noviembre del 2017.
f.) Dra. Rita Huilca Cobos, Directora de Secretaría
General.
No. 28/2017
EL DIRECTOR GENERAL
DE AVIACIÓN CIVIL
Considerando:
Que, mediante Acuerdo No. 021/2016 de 30 de septiembre
del 2016, el Consejo Nacional de Aviación Civil, renovó a
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