Acuerdos. 30 Conócese y acógese la Resolución Administrativa No. 000152, de 09 de agosto de 2018, suscrita por el Viceministro de Movilidad Humana

Número de Boletín322
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Inclusión Económica y Social
12 – Viernes 7 de septiembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 322
5.3.1 Perf‌i l profesional y experiencia
Cargo Formación Experiencia Conocimientos Básicos Ratio
Abogado (a)
Profesional
de 3er nivel
en derecho
Experiencia mínima
de dos (2) años, desde
la obtención de su
título, en materia de
niñez y adolescencia
Niñez y Adolescencia; niñez en situación de
riesgo; vulneración de derechos de niños, niñas
y adolescentes; Derechos Humanos; enfoque
de derechos; enfoque de género; protección
especial.
1 (uno) por cada
100(cien) NNA
Incorporar un profesional en derecho contratado
directamente o f‌i nanciado por el MIES para las unidades
de atención bajo la supervisión y seguimiento del MIES.
5.3.2 Funciones
Abogado (a)
La participación de estos profesionales como
parte del equipo técnico de las casas de acogida
serán corresponsables de la restitución integral
de los derechos de los niños, niñas y adolescentes,
que permita evitar el internamiento prolongado
e innecesario, con el f‌i n de preservar, mejorar y
fortalecer los vínculos familiares.
Patrocinio e impulso de los procesos administrativos
y judiciales tales como: legalización de ingresos
y egresos, esclarecimiento de la situación
jurídica hasta su resolución de las niñas, niñas y
adolescentes acogidos, inscripciones de nacimientos,
reconocimiento, juicio de alimentos y otros
necesarios en el proceso de ingreso, permanencia y
salida del acogimiento. Además de los casos por los
cuales se originó la medida de protección, tales como
procesos penales de abuso sexual y otros relacionados
con la vulneración de derechos de los niños niñas y
adolescentes precautelando el principio de su interés
suprior; así como todos los que se hayan identif‌i cado
en la permanencia del NNA en las Unidades de
atención.
DISPOSICIÓN GENERAL PRIMERA.- De la ejecución
del presente Acuerdo, encárguese a la Subsecretaría de
Protección Especial.
DISPOSICIÓN GENERAL SEGUNDA.- Ratifíquese el
contenido de la Normas Técnica de Protección Especial
“Acogimiento Institucional”, en todo lo que no haya sido
modif‌i cado expresamente por el presente instrumento.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en
vigencia a partir de la fecha de suscripción, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 03 de agosto de 2018.
f.) Lourdes Berenice Cordero Molina, Ministra de Inclusión
Económica y Social.
MIES.- MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA
Y SOCIAL.- SECRETARÍA GENERAL.- Es f‌i el copia
del original.- Lo certif‌i co.- 16 de agosto de 2018.- f.)
Ilegible.
No. 30
DECLARATORIA DE SITUACIÓN
DE EMERGENCIA
Lourdes Berenice Cordero Molina
MINISTRA DE INCLUSIÓN, ECONÓMICA
Y SOCIAL
Considerando:
Ecuador, establece al Ecuador como un Estado constitucional
de derechos y justicia social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico;
Ecuador, determina: “Las personas extranjeras que se
encuentren en el territorio ecuatoriano tendrán los mismos
derechos y deberes que las ecuatorianas, de acuerdo con la
Constitución”;
República del Ecuador, preceptúa: “2. Todas las personas
son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y
oportunidades. (…)”;
República del Ecuador, preceptúa como el más alto
deber del Estado el respetar y hacer respetar los derechos
Que el artículo 35, de la Carta Magna, determina: “Las
personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes,
mujeres embarazadas, personas con discapacidad,
personas privadas de libertad y quienes adolezcan de
enfermedades catastróf‌i cas o de alta complejidad, recibirán
,
a hast
scentes
imient
s en el
cogimiento. Además de los
inó la medida de protecc
s de abuso sexu
utelan
o de los pro
les como: legaliz
esclarecimiento
a su resolución de
acogidos, inscripc
to, juicio de alimento
proceso de ingreso,
miento. Además de los casos po
medida de protección, tales co
so sexual y otros relacionad
ac
de
de las ni
ipciones de n
juicio de alimen
roceso de ingr
d
famili
pulso
ales
e
ta
a
nto, juicio de alimentos
el proceso de ingreso, perman
iento. Además de los casos
nist
de in
situa
sni
ativos
gresos
niñas
mientos,
otros
y
MI
L
E
ECLAR
D
RATO
No. 3
0
y
los
Qu
ur
STRA
es B
DE IN
EM
ren
IA D
ERGE
DE SIT
N
un pr
f‌i nanciado
la supervisión y seguimien
vel
recho
d
la
título
niñez y
rofesional en derec
nciado por el MIES para las uni
pervisión y seguimiento del MIE
y ad
fesional en de
onal
r nive
dere
Ex
d
profesional en derecho con
ciado por el MIES para las un
ói
teria
ce
u
de
ri
y
Orgá
Niñez y
esg
; C
gánico
y
onst
Código
Ge
de der
especia
vu
dolesce
recho
lnera
ntes;
olesc
ión
al
ncia
nico
de P
;
a Rep
o Integ
e los
pública
l
D
ad
Derec
des
MIE
enf
Derec
foque
dere
echos H
de
ez
hos d
Hu
os; Cód
en sit
de
nal; C
ódigo
Ecuad
Código
sa
CIÓN F
partir d
ón en el
trito Metropolitano de la c
o, a 03 de agosto de 2018
ordero Molin
SE
Técnica
cional”, en todo
mente por el presen
FINAL.-
El present
e la fecha de suscripción, si
l Registro Of‌i cial.
Metropolitano de la ciudad de
de agosto de 2018.
Mi i t d
nte in
ente Acuerd
uscripción, sin
Registro Of‌i cial.
RAL SEG
mas T
tucio
am
F
de la fecha de suscripción, sin p
el R
Metropolitano de la ciuda
no hay
umento.
pecia
a sido
ial
Re
son
trará e
uicio de
n
R
Que,
Rep
ortun
el
a
nida
de
les y
des.
o
el Ecua
gozar
1 num
ador,
mer
r
cuatoria
ano
anas,
extran
endrá
an
Ecu
ber de
ntizad
d
ca
el Est
tículo
el E
1 nu
de
;
ceptú
los mi
, de
úa:
2.
smo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR