Resolución 305-2022 Apruébese el Protocolo para el Uso de Plataformas y Herramientas para la Prestación del Servicio Notarial Telemático

Fecha de publicación18 Enero 2023
Número de Gaceta232
Miércoles 18 de enero de 2023Registro Ocial 232
25
305
-2022
Página 1 de 4
RESOLUCIÓN 305-2022
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
que el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración,
vigilancia y disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, ordena: “La
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos
administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará
su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la
adecuada administración de justicia.”;
Que el artículo 181 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República del Ecuador,
prescribe entre las funciones del Consejo de la Judicatura: “1. Definir y ejecutar
las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial; (…) 5.
Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;
Que el artículo 264 numerales 4 y 10 del Código Orgánico de la Función Judicial ,
dispone que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “(…) 4. Velar
por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial y desarrollar acciones en
la lucha contra la corrupción. (…) 10. Expedir, modificar, derogar e interpretar
obligatoriamente (…) los reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de
régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización,
funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario;
particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial
(…).”;
Que la Disposición Transitoria Décima de la Ley Orgánica Reformatoria del Código
Orgánico de la Función Judicial, publicada en el Suplemento del Registro Oficial
No. 345, del 8 de diciembre de 2020, dispone: “Implementación de las
plataformas electrónicas seguras para los servicios telemáticos.- Una vez que
le sean transferidos los recursos por parte del Ministerio de Finanzas previsto
en la disposición transitoria anterior, el Consejo de la Judicatura en un plazo
máximo de tres meses implementará la plataforma electrónica segura para la
prestación del servicio notarial telemático. Dicho órgano expedirá en el plazo de
un mes contado a partir de la vigencia de la presente Ley, el protocolo y
regulaciones que permitan a las notarias y notarios utilizar otras plataformas y
herramientas electrónicas. / Las notarias y los notarios, durante este tiempo,
podrán realizar de forma telemática los actos notariales de conformidad con la
ley.”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 001-2021, de 8 de
enero de 2021, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
390, de 11 febrero de 2021, resolvió aprobar e l: “PROTOCOLO Y
REGULACIONES QUE PERMITAN A LAS NOTARIAS Y NOTARIOS UTILIZAR
OTRAS PLATAFORMAS Y HERRAMIENTAS ELECTRÓNICAS HASTA EL
Miércoles 18 de enero de 2023 Registro Ocial Nº 232
26
305
-2022
Página 2 de 4
DESARROLLO DE LA ´PLATAFORMA ELECTRÓNICA SEGURA´ PARA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO NOTARIAL TELEMÁTICO”;
Que mediante Oficio No. FEN 056-2021, de 22 de marzo de 2021, el Presidente de
la Federación Ecuatoriana Notarial, remitió al Consejo de la Judicatura la “Guía
práctica de aplicación para uso por parte del notariado ecuatoriano”;
Que mediante Oficio No. SNP-SPN-2021-0929-OF, de 1 de diciembre de 2021, la
Secretaría Nacional de Planificación em itió el Dictamen de Prioridad al proyecto
de inversión “PLATAFORMA ELECTRÓNICA SEGURA NOTARIAL - PESNOT”,
con CUP. 20100000.0000.387136, por un monto total de USD 14.078.619,19,
financiados con recursos de autogestión, para ejecución en el período 2022
2025;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando CJ-DG-2022-7979-
M, de 7 de diciembre de 2022, suscrito por el Director General del Consejo de
la Judicatura, quien remitió los memorandos: CJ-DNDMCSJ-2022-1187-M, de 9
de septiembre de 2022, CJ-DNDMCSJ-2022-1311-M, de 6 de octubre de 2022
y CJ-DNDMCSJ-2022-1537-M, de 21 de noviembre de 2022, de la Dirección
Nacional de Innovación, Desarrollo y Mejora Continua del Servicio Judicial; así
como el Memorando CJ-DNJ-2022-1421-M, de 21 de octubre de 2022 y su
ratificación con Memorando CJ-DNJ-2022-1558-M, de 27 noviembre de 2022,
de la Dirección Nacional de Asesoría Jurídi ca, que contienen los informes
técnico, jurídico y el proyecto de resolución respectivo, recomendando su
aprobación; y
En ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 181 numerales 1 y 5 de la
Constitución de laRepública del Ecuador y el 264 numerales 4 y 10 del Código
Orgánico de la Función Judicial,
RESUELVE:
APROBAR EL PROTOCOLO PARA EL USO DE PLATAFORMAS Y
HERRAMIENTAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO NOTARIAL
TELEMÁTICO
Artículo Único.- Aprobar el PROTOCOLO PARA EL USO DE PLATAFORMAS Y
HERRAMIENTAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO NOTARIAL
TELEMÁTICO”, documento anexo a la presente Resolución.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Las y los notarios informarán mensualmente a la Dirección Provincial del
Consejo de la Judicatura correspondiente, en caso de haber realizado actos, contratos
o diligencias notariales a través del uso de las plataformas y herramientas electrónicas,
de conformidad al formato y lineamientos establecidos por la Dirección Nacional de
Innovación, Desarrollo y Mejora Continua del Servicio Judicial del Consejo de la
Judicatura.
SEGUNDA.- Los respaldos digitales correspondientes a la gestión de los actos
telemáticos que generen las notarías hasta la implementación de la “Plataforma

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR