Sentencias. 3186-17-EP/21 En el Caso No. 3186-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección planteada

Número de Boletín230
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Martes 26 de octubre de 2021Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 230
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Sentencia No. 3186-17-EP /21
Jueza ponente: Karla Andrade Quevedo
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 15 de septiembre de 2021
CASO No. 3186-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema: En esta sentencia se analizan los derechos constitucionales al debido proceso en
la garantía de motivación y a la seguridad jurídica en un auto de inadmisión de un
recurso de casación. Asimismo, se examina si una sentencia que resolvió una acción de
impugnación vulnera la garantía de motivación. Así, luego del análisis constitucional
correspondiente se resuelve desestimar la acción al verificar que no se vulneraron estos
derechos.
I. Antecedentes procesales
1. El 04 de abril de 2017, Fernando Xavier Quimi Soria presentó una acción de
impugnación contencioso-tributaria en contra de la resolución No. SENAE-DDG-
2017-0400-RE, de 30 de marzo de 2017, dictada por el director distrital del Servicio
Nacional de Aduana (“SENAE”)
1.
En lo principal, el actor indicó que se habría
pagado indebidamente el valor por concepto de liquidación complementaria en la
compra de discos en formato DVD en Blanco. El proceso judicial fue signado con el
No. 09501-2017-00247
2
.
2. El 05 de septiembre de 2017, el Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario
(“Tribunal Distrital”) con sede en el cantón Guayaquil, en sentencia de mayoría,
resolvió aceptar la demanda y dispuso la devolución de lo reclamado como pago
indebido por la parte actora. Frente a esta decisión, el director distrital del SENAE
interpuso recurso de casación.
1 En esta resolución el director del Distrito Guayaquil del Servicio Nacio nal de Aduanas declaró sin lugar
el reclamo administrativo de pago indebido No. 054-2017. El proceso administrativo tiene su origen en la
declaración de importación No. 028-2017-10-00014875 en la que se declaró la importación de mercancías
consistentes en DISCOS FORMATOS DVD EN BLANCO adquiridas al proveedor SINOFAITH ASIA
PACIFIC LTD por un valor de $ 41. 856, 00. En el aforo se determinó que la liquidación
complementaria ascendió a la cantidad de $ 43. 146, 85, por lo que el ac tor presentó un reclamo
administrativo.
2 La cuantía de la demanda se fijó en $ 43.146, 85.

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