Acuerdos. 327 Deléguese Al Señor Contralmirante Carlos Renán Ruiz Cornejo, Comandante General De La Armada, Para Que Suscriba El Convenio En Préstamo De Uso De La Embarcación “fu Yuan Yu Leng 999” Con Inmobiliar

Número de Boletín128
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Defensa Nacional
4 – Lunes 27 de noviembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 128
las competencias y facultades que les sean atribuidas en
la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo
el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución”;
Que, en el artículo 227 del mismo cuerpo legal, se
establece: “La Administración Pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planif‌i -
cación, transparencia y evaluación”;
Que, en el artículo 126 de la Ley Orgánica de Servicios
Público se establece la f‌i gura de subrogación para el
ejercicio de un puesto de nivel jerárquico superior cuyo
titular se encuentre legalmente ausente;
Que, en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva se dispone: “Los
Ministros de Estado son competentes para el despacho
de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin
necesidad de autorización alguna del Presidente de la
República, salvo los casos expresamente señalados en leyes
especiales”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Sr. Lenín Moreno Garcés, Presidente de la
República del Ecuador, nombró en calidad de Ministro de
Comercio Exterior al Mgs. Pablo Campana Sáenz;
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
Ecuador y los Artículos 17 inciso segundo, 55 y 56 del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva; y Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de
mayo de 2017.
Acuerda:
Art. 1.- Ordenar la subrogación de funciones del cargo
de Mi nistro de Comercio Exterior al Mgs. Juan Carlos
Sánchez Troya, Viceministro de Negociaciones Integración
y Defensa Comercial, Subrogante, desde el 31 de octubre
hasta el 04 de noviembre de 2017, inclusive.
Art. 2.- Ordenar la subrogación de funciones del cargo
de Viceministro de Negociaciones Integración y Defensa
Comercial al Sr. Iván Andrés Ortiz Wilchez, Subsecretario
de Defensa y Normatividad Comercial, desde el 31 de
octubre hasta el 04 de noviembre de 2017, inclusive.
Art. 3.- Las subrogaciones serán ejercidas conforme los
pri ncipios que rigen el servicio público, siendo el Mgs.
Juan Carlos Sánchez Troya y el Sr. Iván Andrés Ortiz,
personalmente responsables por los actos realizados en el
ejercicio de las funciones subrogadas respectivamente.
A rt. 4.- Encárguese a la Coordinación General de Asesoría
Jurídica la publicación del presente instrumento en el
Registro Of‌i cial.
Art. 5.- Encárguese a la Coordinación General
Administrativa Financiera la comunicación del presente
acuerdo al Secretario General de la Administración
Publica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva.
Art. 6.- Notifíquese con el presente acuerdo al Mgs. Juan
Carlos Sánchez Troya y al Sr. Iván Andrés Ortiz, para el
cumplimiento y ejercicio del mismo.
El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
En la ciudad de Quito, a los treinta días del mes de octubre
de 2017.
f.) Mgs. Pablo Campana Sáenz, Ministro de Comercio
Exterior.
N° 327
Patricio Zambrano Restrepo
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Considerando:
Que, el inciso primero del artículo 4 de la Constitución
de la República del Ecuador establece: El territorio del
Ecuador constituye una unidad geográf‌i ca e histórica de
dimensiones naturales, sociales y culturales, legado de
nuestros antepasados y pueblos ancestrales. Este territorio
comprende el espacio continental y marítimo, las islas
adyacentes, el mar territorial, el Archipiélago de Galápagos,
el suelo, la plataforma submarina, el subsuelo y el espacio
suprayacente continental, insular y marítimo. Sus límites
son los determinados por los tratados vigentes.
Que, el inciso segundo del artículo 158 de la Constitución de
la República del Ecuador establece: Las Fuerzas Armadas
tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía
e integridad territorial y, complementariamente, apoyar en
la seguridad integral del Estado de conformidad con la ley.
Que, el inciso primero del artículo 2077 del Código Civil
determina: Comodato o préstamo de uso es un contrato en
que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una
especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo
de restituirle la misma especie después de determinado el
uso.
Que, el artículo 88 del Reglamento General para la
Administración, Utilización, Manejo, y Control de los
Bienes y Existencias del Sector Publico dispone: cuando
existe la necesidad de especies, bienes muebles o inmuebles,
entre dos personas jurídicas distintas pertenecientes al
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