Sentencias 3441-17-EP/23 En el Caso No. 3441-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección presentada

Fecha de publicación20 Marzo 2023
Número de Gaceta201
Lunes 20 de marzo de 2023 Edición Constitucional Nº 201 - Registro Ocial
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Sentencia No. 3441-17-EP/23
Jueza ponente: Karla Andrade Quevedo
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guay aquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 15 de febrero de 2023
CASO No. 3441-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 3441-17-EP/23
Tema: En la presente sentencia se desestima la acción planteada al verificar que la
garantía de la motivación no fue vulnerada en la sentencia y auto de aclaración y
ampliación dictados por el presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha
dentro de un proceso de nulidad de laudo arbitral, dado que fueron resueltos con una
motivación suficiente y que la alegación que la entidad accionante señala que no fue
contestada no podía cambiar la decisión de la causa; por lo que, no se verifica la existencia
de los vicios motivacionales de insuficiencia ni de incongruencia frente a las partes.
I. Antecedentes procesales
1. El 18 de junio de 2015, Diego Marcelo Guerra Robayo presentó una demanda arbitral
en contra del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Gonzalo
Pizarro, provincia de Sucumbíos (“GAD de Gonzalo Pizarro”), solicitando que se
declare el incumplimiento del contrato de construcción del proyecto denominado
“Construcción y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de los Recintos de
Amazonas, Gonzalo Pizarro, Nuevo Paraíso y de la ciudad de Lumbaquí” (“contrato
de construcción”)
1
. Asimismo, solicitó que se declare la resolución del contrato de
construcción y que se ordene al GAD de Gonzalo Pizarro el pago de distintos rubros
económicos (proceso arbitral No. 007-2015)
2
.
2. El 28 de noviembre de 2016, el tribunal arbitral del Centro Nacional de Mediación y
Arbitraje de la Cámara de la Industria de la Construcción (“tribunal arbitral”) aceptó
parcialmente la demanda, declaró el incumplimiento del contrato de construcción por
parte del GAD de Gonzalo Pizarro y ordenó: (i) la liquidación del contrato de
construcción, (ii) el pago de USD 369.452,74 por concepto de valores adeudados
correspondientes a planillas y reajuste de planillas, (iii) el pago de USD 27.651,43 por
concepto de intereses y (iv) el pago de USD 6.048,00 por concepto del 50% de derechos
arbitrales. Asimismo, estableció que el GAD de Gonzalo Pizarro podrá deducir USD
1
El contrato en cuestión fue suscrito por el GAD de Gonzalo Pizarro, como contratante, y Diego Marcelo
Guerra Robayo, como contratista, el 04 de julio de 2008 con una cuantía de USD 1.637.777,63.
2
Diego Marcelo Guerra Robayo solicitó, en su demanda, el pago de: (i) planillas por cobrar y reajuste de
planillas, (ii) intereses desde la recepción definitiva de pleno derecho o presunta de la obra hasta el día de
pago de lo adeudado, (iii) derechos arbitrales del 50% de acuerdo a la cláusula arbitral suscrita y demás
costas procesales y (iv) honorarios de su abogado defensor. Por lo que, fijó la cuantía en USD 440.000,00.

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