Sentencias 415-17-EP/21 En el Caso No. 415-17-EP Acéptese parcialmente la acción extraordinaria de protección

Fecha de publicación27 Diciembre 2021
Número de Gaceta257
Lunes 27 de diciembre de 2021 Edición Constitucional Nº 257 - Registro Ocial
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Sentencia No. 415-17-EP /21
Juez ponente: Hernán Salgado Pesantes
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
ema il: comunicación@cce.gob.ec
Quito, D.M., 17 de noviembre de 2021
CASO No. 415-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes
1. El 5 de mayo de 2011, Norma Leopoldina Pico Díaz presentó una demanda laboral en
contra de la Universidad Católica Santiago de Guayaquil1. El caso fue signado con el
No. 09351-2011-0357, No. 09131-2013-1328 y No. 17731-2015-2660.
2. El 24 de julio de 2013, el Juzgado Primero de Trabajo del Guayas declaró parcialmente
con lugar la demanda ordenando el pago de $71.899,48. En contra de esta decisión, la
parte actora y la demandada interpusieron respectivamente recursos de apelación.
3. El 7 de agosto de 2015, la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Provincial de
Justicia del Guayas “reform[ó] la sentencia recurrida, disponiendo que la parte
demandada pague a la accionante… La suma total de los rubros liquidados totaliza
$65,303.62”. Respecto de esta decisión, tanto la parte actora como la demandada
interpusieron recurso de casación.
4. El 31 de marzo de 2016, María Heredia Yerovi en su calidad de conjueza de la Sala de
lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia inadmitió el recurso de casación interpuesto
por la parte demandada y admitió a trámite el recurso de la parte actora.
1
En su demanda señaló: “… al tenor de lo señalado en el art. 183 del Código de Trabajo, por medio de la
presente acción, PROCEDO A IMPUGNAR POR INFUNDADA, ILEGAL E INCONSTITUCIONAL,
LA TRAMITACIÓN Y POSTERIOR RESOLUCIÓN DE VISTO BUENO expedida el 19 de Agosto del
2010 a las 15h32 minutos por la entonces Inspectora del Trabajo Ab. Gianna Iturralde, dentro del expediente
administrativo seguido de manera dolosa y con fundamentos falsos, por parte de la Universidad Católica
Santiago de Guayaquil en contra de la suscrita. - Así también, en este mismo acto… demando en la VÍA
ORAL a la UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTIAGO DE GUAYAQUIL” (fs. 3).
Tema: Esta sentencia resuelve la acción extraordinaria de protección presentada
en contra de la sentencia de 22 de diciembre de 2016 emitida por la Sala de lo
Laboral de la Corte Nacional de Justicia dentro de un recurso de casación. La Corte
Constitucional concluye que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva.

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