Acuerdo 12 - Refórmase el Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos
Número de Boletín | 884 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Finanzas |
Fecha de la disposición | 17 de Enero de 2013 |
EL MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, corresponde a las ministras y ministros de Estado expedir los acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial;
Que el artículo 286 de la Constitución de la República, establece que las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno se conducirán de forma sostenible, responsable y transparente y procurarán la estabilidad económica;
Que el artículo 70 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, define como Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) al conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector Público, deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamientos públicos, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en dicho Código
Que el artículo 71 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece que la rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector del SINFIP;
Que el numeral 6 del artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece que es atribución del ente rector del SINFIP dictar las normas, manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catálogos, glosarios y otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del sector público para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP y sus componentes;
Que el Acuerdo Ministerial No. 283 de 22 de octubre de 2010, convalida la vigencia del Acuerdo Ministerial 447 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 259 de 24 de enero de 2008 y sus reformas, a través del cual se expidieron las Normas Técnicas del Sistema de Administración Financiera;
Que con Acuerdo Ministerial No. MRL-2012-0225 de 26 de diciembre de 2012, publicado en el Registro Oficial Suplemento 859 de 28 de diciembre de 2012 se expide la Norma que regula el servicio de alimentación para las y los Servidores Públicos;
Que es necesario incorporar los ítems presupuestarios de gastos al Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos; y,
En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 6 del Art. 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas;
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