Resoluciones. 418-2017-M Modifíquese La Codifi Cación De Resoluciones Monetarias, Financieras, De Valores Y Seguros

Número de Boletín170
SecciónResoluciones
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
44 – Lunes 29 de enero de 2018 Registro Of‌i cial Nº 170
Finanzas la emisión del dictamen favorable que permita
obtener la autorización por parte de la Junta de Política
y Regulación Monetaria y Financiera para realizar la
inversión f‌i nanciera y obtener la Garantía Ambiental
para el proyecto “Fase de industrialización, etapa de
construcción y montaje de equipos”, misma que regiría
desde el 30 de noviembre de 2017 al 30 de noviembre
de 2018 (365 días), por un monto de USD 1.747.055,00
(UN MILLÓN SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE
MIL CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) a una tasa
del 3,50% con el Banco del Pacíf‌i co S.A.;
Que el Ministro de Economía y Finanzas mediante of‌i cio
No. MEF-DM-2017-0395 de 20 de noviembre de 2017,
manif‌i esta que sobre la base del artículo 74 numeral 18
del Código Orgánico de Planif‌i cación y Finanzas Públicas
y la Resolución No. 006-2014-M de la Junta de Política
y Regulación Monetaria y Financiera, así como del
informe técnico y legal contenido en el Memorando No.
MEF-SFP-2017-0646 de 7 de noviembre de 2017 y del
pronunciamiento de la Coordinación General Jurídica a
través de Memorando No. MINFIN-CGJ-2017-0271 de 7
de noviembre de 2017, se emite la autorización en calidad
de ente rector de las f‌i nanzas públicas, y emitió dictamen
favorable para que este Cuerpo Colegiado autorice la
inversión en el Banco del Pacíf‌i co S.A. de la Garantía de
Fiel Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental para el
Proyecto Petroquímico Ref‌i nería del Pacif‌i co Eloy Alfaro,
Fase de industrialización, etapa de construcción y montaje
de equipos, que rige desde el 30 de noviembre de 2017
hasta el 30 de noviembre de 2018, a una tasa del 3,50%
por un monto de USD 1.747.055,00;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera en sesión extraordinaria por medios
tecnológicos convocada el 30 de noviembre de 2017, en
esta fecha, trató el tema relacionado con la autorización de
inversión de Ref‌i nería del Pacíf‌i co RDP-CEM; y,
En ejercicio de sus funciones,
Resuelve:
ARTÍCULO ÚNICO.- En la Codif‌i cación de
Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros, expedida por la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, Libro Preliminar “Disposiciones
Administrativas y Generales”, sustituir el artículo 39 del
Capítulo III “De las Autorizaciones” del Título I “De la
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera”,
por el siguiente:
“Art. 39.- Autorizar la inversión a realizarse por la
Ref‌i nería del Pacíf‌i co Eloy Alfaro RDP-CEM en el Banco
del Pacíf‌i co S.A., para la obtención de la Garantía de
Fiel Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental para el
Proyecto Petroquímico Ref‌i nería del Pacíf‌i co Eloy Alfaro,
Fase de industrialización, etapa de construcción y montaje
de equipos, que rige desde el 30 de noviembre de 2017
hasta el 30 de noviembre de 2018, a una tasa del 3,50%
por un monto de USD 1.747.055,00”.
DISPOSICIÓN FINAL.- Esta resolución entrará en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE.- Dada en el Distrito Metropolitano de
Quito, el 30 de noviembre de 2017.
EL PRESIDENTE,
f.) Econ. Carlos de la Torre Muñoz.
Proveyó y f‌i rmó la resolución que antecede el economista
Carlos de la Torre Muñoz, Ministro de Economía y
Finanzas – Presidente de la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, en el Distrito Metropolitano de
Quito, el 30 de noviembre de 2017.- LO CERTIFICO.
SECRETARIO ADMINISTRATIVO, ENCARGADO
f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA.- SECRETARÍA
ADMINISTRATIVA.- Quito, 29 de diciembre de 2017.-
Es copia del documento que reposa en los archivos de la
Junta.- Lo certif‌i co.- f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
No. 418-2017-M
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que el artículo 302, numerales 2 y 3 de la Constitución
de la República, dispone que las políticas monetaria,
crediticia, cambiaria y f‌i nanciera tienen como objetivos,
entre otros, establecer niveles de liquidez global que
garanticen adecuados márgenes de seguridad f‌i nanciera
y orientar los excedentes de liquidez hacia la inversión
requerida para el desarrollo del país;
Que el artículo 303, inciso primero de la Constitución de
la República, determina que la formulación de las políticas
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