Decretos. 435 Refórmese el Reglamento a la estructura e institucionalidad de desarrollo productivo, de la inversión y de los mecanismos e instrumentos de fomento productivo, establecidos en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones

Número de Boletín278
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República

Considerando:

Que, en el Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre de 2010, fue publicado el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, cuyo libro II “Del Desarrollo de la Inversión Productiva y de sus Instrumentos” se refiere a las Zonas Especiales de Desarrollo Económico en su Título IV;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 757 del 6 de mayo de 2011, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 450 del 17 del mismo mes y año, se expidió el Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo, establecidos en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, con el fin de implementar la institucionalidad necesaria para la regulación, incentivo, promoción y seguimiento de las actividades económicas y brindar toda su asistencia para que los inversionistas puedan desarrollar sus iniciativas de inversión productiva conduciéndolas hacia proyectos técnica, social y económicamente viables, con alta incidencia en el empleo nacional, al uso racional y sustentable de las materias primas y recursos no renovables, al incremento de la capacidad competitiva del sector público y privado, al desarrollo, uso y transferencia de tecnologías para la incorporación de valor agregado a los procesos productivos;

Que, en la citada norma reglamentaria se regula la operatividad de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE);

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 758, publicado en el Registro Oficial No. 452 del 19 de mayo de 2011, se expide el Reglamento al Título de Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1343, publicado en el Primer Suplemento al Registro Oficial No. 971 del 27 de marzo de 2017, se reformó el literal e) del artículo 48 del Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo, establecidos en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones;

Que, en el Capítulo II del Título IV del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones se diferencian las actividades que pueden desarrollar los actores del ZEDE, encargando a los Administradores el desarrollo, la administración y el control operacional de la ZEDE y a los Operadores la ejecución de las actividades industriales...

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