Decretos. 439 Créase el Gabinete Estratégico como un espacio para la coordinación de la gestión de gobierno

Número de Boletín278
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
24 – Viernes 6 de julio de 2018 Segundo Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 278
servicios ocasionales, pasarán a formar parte de la nómina
de la Secretaria del Deporte, en función de las necesidades
e intereses institucionales.
Artículo 4.- Todas las partidas presupuestarias y todos
los bienes muebles e inmuebles, activos y pasivos, así
como también los derechos y obligaciones constantes
en convenios, contratos u otros instrumentos jurídicos,
nacionales e internacionales que le correspondían al
Ministerio del Deporte, pasen a formar parte del patrimonio
institucional de la Secretaría del Deporte.
Artículo 5.- Déjese sin efecto la fusión por absorción
del Ministerio del Deporte al Ministerio de Educación,
dispuesta mediante Decreto Ejecutivo 373 de 19 de abril
de 2018 y continúe la función por absorción del Instituto
de Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales al Ministerio de
Educación, dispuesta en el mismo Decreto Ejecutivo.
Artículo 6.- Desígnese como Secretaria del Deporte a la
señora Andrea Daniela Sotomayor Andrade, con rango de
Ministra.
DISPOSICIONES REFORMATORIAS Y
DEROGATORIAS
PRIMERA.- En el Decreto Ejecutivo 373 de 19 de abril de
2018, refórmese lo siguiente:
a) Suprímase a lo largo de toda la norma la expresión
“Ministerio del Deporte”.
b) Sustitúyase en toda la norma la denominación
"Ministerio de Educación y Deporte", por “Ministerio
de Educación”.
c) Deróguese el artículo 2.
d) Deróguese el segundo inciso de la Disposición
Transitoria Primera.
SEGUNDA.- En el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, expedido mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 2428 publicado en Registro Of‌i cial
Nro. 536 de 18 de marzo de 2002, efectúense las siguientes
reformas:
1. En el artículo 16 sustitúyase la letra e) “Ministerio de
Educación y Deporte”, por la siguiente: “e) Ministerio
de Educación”.
2. En el artículo innumerado agregado a continuación del
artículo 16, agréguese un numeral que diga: “Secretaría
del Deporte”.
TERCERA.- Deróguese cualquier disposición de igual o
menor jerarquía contraria a lo establecido en el presente
Decreto Ejecutivo.
DISPOSICION FINAL.- De la ejecución del presente
Decreto Ejecutivo, encárguese a la Secretaría Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo, al Ministerio del Trabajo; y al
Ministerio de Economía y Finanzas.
El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de
la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de junio de
2018.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 15 de junio del 2018, certif‌i co que el que antecede es
f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente.
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No 439
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
dispone que el Presidente de la República ejerce la Función
Ejecutiva, es el Jefe de Estado y de Gobierno y responsable
de la administración pública;
Que, los numerales 3, 5 y 6 del artículo 147 de la Constitución
de la República del Ecuador establece que el Presidente de
la República tendrá, entre otras, la atribución de dirigir
las políticas públicas de la Función Ejecutiva, dirigir la
administración pública en forma desconcentrada y expedir
los decretos necesarios para su integración, organización,
regulación y control; y, crear, modif‌i car y suprimir, los
ministerios, entidades e instancias de coordinación;
del Ecuador determina que la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 34, publicado en
el Registro Of‌i cial Suplemento No. 23, de 27 de junio de
2017, se establecen las disposiciones de organización y
funcionamiento de los Consejos Sectoriales;
Que, de conformidad con las letras a), b), c), f), h) e
i) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, corresponde al
Presidente de la República dirigir y resolver los asuntos
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