Sentencias. 44-21-IS/22 En el Caso No. 44-21-IS Acéptese la acción de incumplimiento No. 44-21-IS

Número de Boletín66
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 10 de agosto de 2022Edición Constitucional Nº 66 - Registro Ocial
31
Sentencia No. 44-21-IS /22
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
ema il: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 06 de julio de 2022
CASO No. 44-21-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 44-21-IS/22
1. Antecedentes y procedi mient o
1.1. Sobre la acción de protección No. 07317-2019-00666
1. El 4 de noviembre de 2015, el Patronato de Amparo Social del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón El Guabo, provincia de El Oro (en adelante,
“Patronato de Amparo Social”) y Jessica del Rocío Pin Chamba suscribieron un contrato
de servicios ocasionales para ejercer el puesto de psicóloga en el Patronato de Amparo
Social. Tal contrato de servicios ocasionales fue renovado el 4 de enero de 2016, 3 de
enero de 2017, 2 de enero de 2018 y 2 de enero de 2019.
2. Mediante oficio de 28 de mayo de 2019, la presidenta del Patronato de Amparo Social,
Fremiot Cuesta Abril, informó a Jessica del Rocío Pin Chamba sobre su desvinculación
permanente de tal institución1.
1
En el comunicado referido, el GAD del cantón El Guabo indicó que “la administración, realizará los
trámites pertinentes para el pago no pro-rogativo [sic] de los meses de abril y mayo de 2019, que la
administración, procederá al pago de las vacaciones y beneficios de ley según conste en los registros
contables la partida presupuestaria de su actual designación, que a partir de hoy usted ya no será [sic]
reconocido [sic] como SERVIDOR PÚBLICO” (énfasis en el texto original).
Como obra del expediente judicial del proceso No. 07317-2019-00666 a fojas 112-117, el 9 de julio de
2019 el Concejo Municipal del GAD del cantón El Guabo aprobó la “Ordenanza para la Extinción;
Tran sfer enci a a tít ulo Grat uito d e los Biene s, y, Paso del Pe rson al de l Pat ronat o Municip al al M uni cipio ”
(en adelante, “la Ordenanza”), mediante la cual “[s]e extingu[ió] el Patronato Municipal creado al amparo
de la ORDENANZA DEROGATORIA DE LA ORDENANZA DE DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN, Y
EXTINCIÓN DEL PATRONATO DE AMPARO SOCIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO Y DE REAPERTURA DEL
PATRONATO DE AMPARO SOCIAL MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO, publicada en el
Registro Oficial No. 298 del 28 de julio de 2014” (énfasis en el texto original).
A fojas 108-109 del expediente judicial, consta el Acta No. 024-2019 de sesión ordinaria de 8 de octubre
de 2019, en la cual el Concejo Cantonal de El Guabo reso lvió aprobar la reforma a la “Ordenanza para la
Extinción; Transferencia a título Gratuito de los Bienes, y, Paso del Personal del Patronato Municipal al
Tema: Esta acción de incumplimiento fue iniciada luego de que la jueza de primer
nivel, en fase de ejecución de una sentencia de acción de protección, remitiera de
oficio el proceso a la Corte Constitucional. La Corte declara el cumplimiento parcial
de la sentencia constitucional.
Sentencia No. 44-21-IS /22
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 06 de julio de 2022
CASO No. 44-21-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 44-21-IS/22
1. Antecedentes y procedi mient o
1.1. Sobre la acción de protección No. 07317-2019-00666
1. El 4 de noviembre de 2015, el Patronato de Amparo Social del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón El Guabo, provincia de El Oro (en adelante,
“Patronato de Amparo Social”) y Jessica del Rocío Pin Chamba suscribieron un contrato
de servicios ocasionales para ejercer el puesto de psicóloga en el Patronato de Amparo
Social. Tal contrato de servicios ocasionales fue renovado el 4 de enero de 2016, 3 de
enero de 2017, 2 de enero de 2018 y 2 de enero de 2019.
2. Mediante oficio de 28 de mayo de 2019, la presidenta del Patronato de Amparo Social,
Fremiot Cuesta Abril, informó a Jessica del Rocío Pin Chamba sobre su desvinculación
permanente de tal institución1.
1 En el comunicado referido, el GAD del cantón El Guabo indicó que “la administración, realizará los
trámites pertinentes para el pago no pro-rogativo [sic] de los meses de abril y mayo de 2019, que la
administración, procederá al pago de las vacaciones y beneficios de ley según conste en los registros
contables la partida presupuestaria de su actual designación, que a partir de hoy usted ya no será [sic]
reconocido [sic] como SERVIDOR PÚBLICO” (énfasis en el texto original).
Como obra del expediente judicial del proceso No. 07317-2019-00666 a fojas 112-117, el 9 de julio de
2019 el Concejo Municipal del GAD del cantón El Guabo aprobó la “Ordenanza para la Extinción;
Tran sfer enc ia a t ítu lo Gr atuit o de los Bie nes, y, P aso d el Pe rso nal de l Pat ron ato Munic ipa l al Mu nic ipio
(en adelante, “la Ordenanza”), mediante la cual “[s]e extingu[ió] el Patronato Municipa l creado al amparo
de la ORDENANZA DEROGATORIA DE LA ORDENANZA DE DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN, Y
EXTINCIÓN DEL PATRONATO DE AMPARO SOCIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO Y DE REAPERTURA DEL
PATRONATO DE AMPARO SOCIAL MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO, publicada en el
Registro Oficial No. 298 del 28 de julio de 2014” (énfasis en el texto original).
A fojas 108-109 del expediente judicial, consta el Acta No. 024-2019 de sesión ordinaria de 8 de octubre
de 2019, en la cual el Concejo Cantonal de El Guabo r esolvió aprobar la reforma a la “Ordenanza par a la
Extinción; Transferencia a título Gratuito de los Bienes, y, Paso del Personal del Patronato Municipal al
Miércoles 10 de agosto de 2022 Edición Constitucional Nº 66 - Registro Ocial
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Sentencia No. 44-21-IS/22
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
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Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
3. El 31 de octubre de 2019, Jessica del Rocío Pin Chamba (también, “la accionante”)
presentó una acción de protección en contra del Patronato de Amparo Social, alegando
la vulneración de los derechos al trabajo, a la igualdad, al debido proceso en la garantía
de motivación, y a la seguridad jurídica
2
. El proceso fue signado con el No. 07317-2019-
00666 y su conocimiento correspondió a la Unidad Judicial Multicompetente Civil con
sede en el cantón El Guabo, provincia de El Oro (en adelante, “Unidad Judicial”).
4. El 21 de noviembre de 2019, en audiencia pública, la jueza de la Unidad Judicial
resolvió aceptar la acción de protección, dejando sin efecto el oficio de 28 de mayo de
2019 emitido por la presidenta del Patronato de Amparo Social; y declaró la vulneración
de los derechos al trabajo, al debido proceso en la garantía de motivación y a la
seguridad jurídica. En dicha audiencia, el Patronato de Amparo Social interpuso recurso
de apelación.
5. El 28 de noviembre de 2019, la jueza de la Unidad Judicial emitió el Oficio No. 07317-
2019-00666-OFICIO-03053-2019 y ordenó que “se dé cumplimiento a lo resuelto en
audiencia pública”. La sentencia escrita fue emitida el 29 de noviembre de 2019 y
notificada el 2 de diciembre de 2019.
6. El 9 de enero de 2020, la accionante ingresó un escrito ante la Unidad Judicial, en el que
informó a la jueza que el Patronato de Amparo Social la reintegró a su puesto de trabajo
el 28 de noviembre de 2019
3
, sin perjuicio de lo cual, el 24 de diciembre de 2019, la
institución le informó que su relación laboral se terminaría a partir del 31 de diciembre
del 2019
4
. En este escrito, Jessica del Rocío Pin Chamba solicitó que la jueza: (i)
disponga el inmediato cumplimiento de la sentencia de 29 de noviembre de 2019; (ii)
deje sin efecto el Oficio No. PASGADMEG-2019-080, mediante el cual se la informó
sobre su desvinculación; (iii) disponga el inicio del procedimiento de destitución de la
presidenta del Patronato de Amparo Social, así como del alcalde y procurador síndico
del GAD del cantón El Guabo; y, (iv) remita copias certificadas a la Fiscalía General
del Estado para que se investigue la conducta de las autoridades referidas, “por el
Municipio ”, “con el objeto de prorrogar el procedimiento para que se [sic] extinción total se realice al
término del periodo fiscal del año 2019”.
2
En su acción de protección, la accionante sostuvo que la vulneración de sus derechos se habría dado por
cuanto el Patronato del GAD del cantón el Guabo no realizó la convocatoria al concurso de méritos y
oposición para el puesto que ocupaba desde que suscribió el primer contrato de servicios ocasionales en
2015 hasta su desvinculación de la institución el 28 de mayo de 2019, “precarizando de esta forma la
relación laboral en el servicio público y desconociendo mis derechos laborales [y…] pese a que la
necesidad del cargo de Psicóloga, ya no era temporal sino PERMANENTE” (énfasis en el texto original).
Como pretensión, la accionante solicitó que se deje sin efecto el oficio de 28 de mayo de 2019 (constante
a fojas 6 del expediente judicial), que se dispo nga su reintegro al Patronato del GAD del cantón el Guabo,
y que se cancelen las remuneraciones dejadas de percibir durante su desvinculación, junto con los
respectivos aportes al IESS.
3
A fojas 72 del expediente constitucional consta un Registro de Novedades del IESS emitido el 19 de
diciembre de 2021, en el que se registra que la accionante fue reintegrad a al Patronato de Amparo Social el
27 de noviembre de 2019, por lo que -en adelante- se hará referencia a esta fecha.
4
Oficio No. PAS-GADMEG-2019-080 de 20 de diciembre de 2019, constante a fojas 152-153 del
expedient e judicia l.

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