Convenios. Convenio marco de Colaboración entre la Universidad de Alicante y el Consulado General del Ecuador en Alicante
Número de Boletín | 32 |
Sección | Convenios |
Emisor | Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración |
Fecha de la disposición | 31 de Enero de 2013 |
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACIÓN
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE Y EL CONSULADO GENERAL DEL ECUADOR EN ALICANTE
Alicante, a 31 de enero de 2013
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Palomar Sanz, Señor Rector Magnífico de la Universidad de Alicante, nombramiento que acredita mediante Decreto 82/2012 de 1 de junio del Consell de la Generalitat, y en nombre y representación de este organismo, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas en razón de su cargo conforme a lo dispuesto en el artículo 64, apartado h del Estatuto de la Universidad de Alicante.
De otra parte, D. Carlos Torres Garcés, en calidad de Cónsul General del Ecuador en Alicante, actuando en nombre y representación de esta entidad, con domicilio social en Avda. Oscar Esplá, 4- bajo 3, 03003 Alicante.
EXPONEN
I- Que la Universidad contempla en sus Estatutos el principio de relación con el entorno que exige la apertura a las manifestaciones culturales de la Sociedad y la colaboración con Instituciones que faciliten su labor educativa, así como el intercambio y la difusión de conocimiento científico y cultural.
-
Que el consulado General del Ecuador en Alicante también tiene entre sus actividades la promoción de la cultura, la economía y las ciencias de su país en Alicante.
-
Que ambas partes se encuentran interesadas en suscribir un acuerdo que regule la colaboración entre las dos Entidades, que a partir de ahora se denominará Convenio Marco, y que las partes intervinientes someten a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA- Objetivo El objeto de este Convenio es el de establecer unos cauces para la realización en común de actividades de divulgación, de formación y de investigación que redunden en beneficio de ambas partes. Con Carácter meramente enunciativo y no limitativo se citan las siguientes:
La promoción, coordinación y organización de actividades culturales y deportivas.
Fomentar la colaboración entre las dos entidades para profundizar en la formación y en el desarrollo de investigaciones relacionadas con su actividad.
Cualquier otra actividad que, en el ámbito de éste Convenio, redunde en beneficio mutuo.
SEGUNDA- Convenios Específicos
En desarrollo de este Convenio Marco, podrán elaborarse Convenios Específicos donde se recojan proyectos o programas de actuación concreta y en los que, en todo caso, se determinarán los fines propuestos, el programa de trabajo y los medios necesarios...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba