Consejo Provincial del Azuay: Que expide la Primera reforma a la Ordenanza de Creación de la Empresa Pública de Áridos y Asfaltos del Azuay, ASFALTAR EP

Fecha de disposición25 Abril 2013
Fecha de publicación09 Julio 2013
Número de Gaceta32

EL CONSEJO PROVINCIAL DEL AZUAY

Considerando:

Que, el artículo 315 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que el Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, prestación de servicios públicos, aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas;

Que, el inciso segundo del artículo ibídem, manda que las empresas públicas estarán bajó la regulación y control específico de los organismos pertinentes de acuerdo con la Ley, funcionarán como sociedades de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión, con altos parámetros de calidad y criterios empresariales, económicos, sociales y ambientales;

Que, la Ley Orgánica de Empresas Públicas, publicada en el Suplemento del Registro Oficial 48 del 16 de octubre del 2009, en su artículo 1 determina "Las disposiciones de la presente Ley regulan la constitución, organización, funcionamiento, fusión, escisión y liquidación de las empresas públicas que no pertenezcan al sector financiero y que actúen en el ámbito internacional, nacional, regional, provincial o local; y, establecen los mecanismos de control económico, administrativo, financiero y de gestión que se ejercerán sobre ellas, de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la República";

Que, el artículo 5 de la misma Ley dispone que la creación de empresas públicas se hará, entre otras formas, por acto normativo legalmente expedido por los gobiernos autónomos descentralizados;

Que, en uso de sus atribuciones legales contempladas en el art. 47 literales a) y h) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - COOTAD, el Consejo Provincial del Azuay aprobó la "Ordenanza de Creación de la Empresa Pública de Áridos y Asfaltos ASFALTAR EP", publicada en el Registro Oficial No. 309 de fecha 27 de octubre del 2010;

Que, en ejercicio de la facultad normativa que le ha sido conferida por la norma legal citada en el considerando anterior, corresponde y es atribución del Consejo Provincial del Azuay conocer y resolver a cerca de los proyectos de reforma a las ordenanzas provinciales que ha expedido;

Que, conforme lo dispone el art. 50 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - COOTAD, el señor Prefecto Provincial en su calidad de Máxima Autoridad del Gobierno Provincial del Azuay tiene la facultad de presentar al Consejo Provincial del Azuay el proyecto de "Primera Reforma a la Ordenanza de Creación de la Empresa Pública de Áridos y Asfaltos ASFALTAR EP", para su discusión y aprobación conforme el procedimiento parlamentario previsto en los arts. 316 y siguientes del mismo Código Orgánico;

El proyecto de "PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DE CREACION DE LA EMPRESA PUBLICA DE ARIDOS Y ASFALTOS DEL AZUAY ASFALTAR EP" fue puesta en conocimiento del Consejo Provincial en sesión ordinaria No. 03-2013 de fecha 28 de marzo del 2013;

Que, la Comisión de Legislación del Consejo Provincial del Azuay en sesión de fecha 10 de abril del 2013, ha resuelto conocer y aprobar el proyecto de "PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DE CREACION DE LA EMPRESA PUBLICA DE ARIDOS Y ASFALTOS DEL AZUAY ASFALTAR EP";

Que, el Consejo Provincial del Azuay en sesión extraordinaria No. 01 - 2013 de fecha 25 de abril del 2013, resolvió aprobar la "Ordenanza de Extinción y Liquidación de la Empresa Vial del Azuay EMVIAL EP" y ponerla en vigencia sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial; y,

Con los considerandos expuestos y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la República del Ecuador y las leyes pertinentes,

Expide:

LA "PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA

DE CREACION DE LA EMPRESA PUBLICA DE

ARIDOS Y ASFALTOS DEL AZUAY ASFALTAR

EP"

CAPÍTULO I Artículo 1

Objeto y Ámbito

Artículo 1 Objeto y Ámbito.- Inclúyase en el art. 2 de la "Ordenanza de Creación de la Empresa Pública de Áridos y Asfaltos del Azuay ASFALTAR EP", además de los literales que definen su objeto y ámbito, los siguientes:

En el objeto:

  1. Prestar el servicio de mantenimiento, administración y construcción de obra vial;

  2. Tendido y/o colocación de doble tratamiento superficial bituminoso (DTSB);

  3. Señalización horizontal y/o vertical de vías;

  4. Alquiler de maquinaria de mejoramiento vial;

  5. Involucrar a la población azuaya, mediante la participación, ejecución...

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