Sentencias. 454-18-EP/22 En el Caso No. 454-18-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección No. 454-18-EP

Número de Boletín132
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Jueves 1º de diciembre de 2022Edición Constitucional Nº 132 - Registro Ocial
41
Sentencia No. 454-18-EP/2 2
Juez ponente: Enrique Herrería Bonnet
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 29 de septiembre de 2022
CASO No. 454-18-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIB UCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 454-18-EP/22
Tema: En esta sentencia se analiza la acción extraordinaria de protección presentada por
el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador contra el auto de inadmisión del recurso de
casación dictado el 17 de enero de 2018 por el conjuez de la Sala Especializada de lo
Contencioso Tributario de la Corte Nacional dentro del juicio No. 01501-2017-00031. La
Corte Constitucional concluye que la autoridad judicial no vulneró los derechos a la
seguridad jurídica y a la igualdad en su dimensión procesal.
I. Antecedentes
1.1. El proceso originario
1. El 5 de mayo de 2017, el señor David Martínez Andrade, en calidad de representante
legal de Induglob S.A., impugnó la resolución No. SENAE-DGN-2017-0135-RE de
3 de febrero de 2017 emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
(“SENAE”)1. El proceso se signó con el No. 01501-2017-00031.
2. Mediante sentencia de 10 de octubre de 2017, el Tribunal Distrital de lo Contencioso
Tributario con sede en Cuenca, provincia del Azuay, aceptó la demanda propuesta y
dejó sin efecto el acto administrativo.
3. El 27 de octubre de 2017, el SENAE interpuso recurso de casación en contra de la
sentencia de 10 de octubre de 2017.
4. Mediante auto de 17 de enero de 2018, el conjuez de la Sala Especializada de lo
Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia (Sala de la Corte
Nacional”) inadmitió el recurso de casación.
1.2. Trámite ante la Corte Constitucional
1
En la resolución se negó el reclamo admin istrativo presentado por la compañía en contra de la
determinación de tributos N
o
. JCP1-2015-0008-D001, relacionada con el contro l posterior de solicitudes de
declaraciones aduaneras simplificadas del régimen de devolución cond icionada. Mediante la determinación
N
o
. JCP1-2015-0008-D001, el SENAE resolvió que devolvió en exceso la cantidad de USD 97 686,69 a la
compañía por concepto de devolución condicionada de tributo s.
Sentencia No. 454-18-EP/2 2
Juez ponente: Enrique Herrería Bonnet
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 29 de septiembre de 2022
CASO No. 454-18-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIB UCIONES CONSTITUCIONALE S Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 454-18-EP/22
I. Antecedentes
1.1. El proceso originario
1. El 5 de mayo de 2017, el señor David Martínez Andrade, en calidad de representante
legal de Induglob S.A., impugnó la resolución No. SENAE-DGN-2017-0135-RE de
3 de febrero de 2017 emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
(“SENAE”)1. El proceso se signó con el No. 01501-2017-00031.
2. Mediante sentencia de 10 de octubre de 2017, el Tribunal Distrital de lo Contencioso
Tributario con sede en Cuenca, provincia del Azuay, aceptó la demanda propuesta y
de sin efecto el acto administrativo.
3. El 27 de octubre de 2017, el SENAE interpuso recurso de casación en contra de la
sentencia de 10 de octubre de 2017.
4. Mediante auto de 17 de enero de 2018, el conjuez de la Sala Especializada de lo
Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia (Sala de la Corte
Nacional) inadmitió el recurso de casación.
1.2. Trámite ante la Corte Constitucional
1 En la resolución se negó el reclamo administrativo presentado por la compañía en contra de la
determinación de tributos No. JCP1 -2015-0008-D001, relacionada con el control posterior de solicitudes de
declaraciones aduaneras simplificadas del régimen de devo lución condicionada. Mediante la det erminación
No. JCP1-2015-0008-D001, el SENAE resolvió que devolvió en exceso la cantidad de USD 97 686,69 a la
compañía por concepto de devolución condicionada de tributos.

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