Resolución 459-2018-F Refórmese la Codifi cación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros

Fecha de disposición08 Noviembre 2018
Fecha de publicación08 Noviembre 2018
Número de Gaceta363
Jueves 8 de noviembre de 2018 – 33Registro Of‌i cial Nº 363
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter
de VOLUNTARIA la Primera revisión de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2558 (Seguridad en
motocicletas. Sistemas de frenos. Requisitos), que
establece los requisitos para el sistema de frenado en
vehículos de las categorías L1, L2, L3, L4 y L5 según
la clasif‌i cación vehicular establecida en la NTE INEN
2656.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano de
Normalización, INEN, que de conformidad con el Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011,
publique la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2558
SEGURIDAD EN MOTOCICLETAS. SISTEMAS
DE FRENOS. REQUISITOS (Primera revisión), en la
página web de esa institución, www.normalizacion.gob.
ec.
ARTÍCULO 3.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN 2558 (Primera revisión), reemplaza a la NTE
INEN 2558:2010 y entrará en vigencia desde la fecha de
su publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 09 de octubre de
2018.
f.) Mgs. Armin Pazmiño, Subsecretario del Sistema de la
Calidad.
No. 459-2018-F
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que mediante resolución No. 385-2017-A de 22 de mayo
de 2017, publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 22 de 26 de junio de dicho año, la Junta de
Política y Regulación Monetaria y Financiera aprobó la
Codif‌i cación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de
Valores y Seguros;
Que en el Libro I “Sistema Monetario y Financiero”, del
Capítulo XXXVI “Sector Financiero Popular y Solidario”
de la referida Codif‌i cación, consta la Sección XI “Norma
para la Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento
de Delitos incluido el Terrorismo en las entidades
f‌i nancieras de la Economía Popular y Solidaria”;
Que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria,
mediante of‌i cio No. SEPS-SGD-IGT-2018-04082 de 19 de
febrero de 2018, remite para conocimiento y aprobación de
la Junta, la propuesta de “Norma reformatoria a la Sección
XI, del Capítulo XXXVI, del Libro I de la Codif‌i cación
de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros referida en el considerando segundo;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera, en sesión extraordinaria por medios
tecnológicos convocada el 27 de septiembre de 2018,
con fecha 28 de septiembre de 2018, conoció y aprobó
la reforma a la Sección XI, del Capítulo XXXVI, del
Libro I de la Codif‌i cación de Resoluciones Monetarias,
Financieras, de Valores y Seguros; y,
En ejercicio de sus funciones,
Resuelve:
Expedir la siguiente: NORMA REFORMATORIA
A LA SECCIÓN XI, DEL CAPÍTULO XXXVI,
DEL LIBRO I DE LA CODIFICACIÓN DE
RESOLUCIONES MONETARIAS, FINANCIERAS,
DE VALORES Y SEGUROS
ARTÍCULO 1.- Sustitúyase la denominación de la
Sección XI por la siguiente:
“SECCIÓN XI: NORMA PARA LA PREVENCIÓN,
DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL DELITO DE
LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO
DE DELITOS EN LAS ENTIDADES FINANCIERAS
DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA”.
ARTÍCULO 2.- Elimínese el segundo inciso del artículo
189.
ARTÍCULO 3.- Sustitúyase en el segundo inciso del
artículo 190 en donde dice: “del segmento 4” por “de los
segmentos 4 y 5”.
ARTÍCULO 4.- Sustitúyase el numeral 1. del artículo
211, por el siguiente:
“1. Aprobar el manual de prevención de lavado de activos
y f‌i nanciamiento de delitos incluido el terrorismo y sus
modif‌i caciones.”
ARTÍCULO 5.- Sustitúyase en el primer inciso del
articulo 214 en donde dice “del segmento 4” por “de los
segmentos 4 y 5”.
ARTÍCULO 6.- En el artículo 212 inclúyase como tercer
inciso, el siguiente:
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