Resolución 465-2018-M Modifíquese la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros

Fecha de publicación05 Diciembre 2018
Número de Gaceta382
34 – Miércoles 5 de diciembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 382
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Programa de Inversiones Financieras 330,00 230,00 100,00 -230,00 -69,7%
Retiro de depósitos del Sector Público 11,50 33,21 44,71 33,21 288,8%
Otros 18,10 18,10 0,00 0,0%
Fondos en Administr ación 392,14 179,62 212,52 -179,62 -45,8%
Superávit(+)/Déficit(-) de Política -59,98 118,59 178,57 -297,7%
III. Superávit ( +)/Déficit(-) Global ( I+II) 0,00 163,64 163,64 100,0%
Ingresos presupue starios totales 1203,68 977,32 - 226,36 -18,8%
Egresos presupue starios totales 1203,68 813,68 -390, 00 -32,4%
Fuente: BDE
No. 465-2018-M
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que de acuerdo con el artículo 13 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, vigente desde el 12 de septiembre
de 2014, se crea la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera como parte de la función ejecutiva
responsable de la formulación de políticas pública y
de la regulación y supervisión monetaria, crediticia,
cambiaria, f‌i nanciera, de seguros y valores; y, determina
su conformación;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera en ejecución de las funciones contenidas en
los numerales 8,13,14, y 17 del artículo 14 del Código
Orgánico Monetario y Financiero expidió el Programa de
Inversión de Excedentes de Liquidez;
Que el artículo 21 del Código Orgánico Monetario
y Financiero determina que los actos de la Junta de
Política y Regulación Monetaria y Financiera gozan
de la presunción de legalidad y se expresarán mediante
resoluciones que tendrán fuerza obligatoria y empezarán
a regir desde la fecha de su publicación en el Registro
Of‌i cial, salvo aquellas respecto de las cuales la propia
Junta, en razón de la materia, disponga que rijan desde
la fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación
posterior en el Registro Of‌i cial. En estos casos, esas
resoluciones serán publicadas en el sitio web de la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en el
plazo máximo de veinticuatro horas desde su expedición,
excepto aquellas calif‌i cadas como reservadas. La Junta,
para la formación y expresión de su voluntad política
y administrativa, no requiere del concurso de un ente
distinto ni de la aprobación de sus actos por parte de otros
órganos o instituciones del Estado;
Que el artículo 36 numerales 1 y 26 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, determina como parte de las
funciones del Banco Central del Ecuador instrumentar y
ejecutar las políticas y regulaciones dictadas por la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera para los
sistemas monetario y f‌i nanciero, monitorear y supervisar
su aplicación, sancionar su incumplimiento, en el ámbito
de sus competencias, e informar de sus resultados; e,
instrumentar la inversión doméstica, con sujeción a lo
establecido en las políticas aprobadas por la Junta;
Que mediante Registro Of‌i cial, Suplemento No. 309,
de 21 de agosto de 2018, fue publicada la Ley Orgánica
para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones,
Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal,
la cual incorpora reformas al Código Orgánico Monetario
y Financiero;
Que el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. mediante
of‌i cio Nro. BDE-I-GGE-2018-0026-OF de 20 de abril de
2018, solicitó al Banco Central del Ecuador que se revisen
las condiciones f‌i nancieras de la línea 1.1.4 asignadas al
Banco del Estado, actualmente Banco de Desarrollo del
Ecuador B.P.;
Que mediante resolución No. 385-2017-A de 22 de
mayo de 2017, publicada en el Registro Of‌i cial, Segundo
Suplemento No. 22 de 26 de junio de 2017, la Junta de
Política y Regulación Monetaria y Financiera aprobó la
Codif‌i cación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de
Valores y Seguros;
Que el artículo 39 literal b, de la Subsección I “Inversión
Doméstica”, de la Sección VI correspondiente al
“Programa de Inversión de Excedentes de Liquidez”,
del Capítulo VI referente a “Instrumentos de Política
Monetaria”, del Título I “Sistema Monetario”, del Libro
I “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codif‌i cación
de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros expedida por la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera determina la línea de inversión del
Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.;
Que el Banco Central del Ecuador mediante informe
BCE-SGOPE-088/DNOL-055/DNRO-122-2018 de 21 de
mayo de 2018 determina las propuestas de las condiciones
f‌i nancieras de la línea de inversión 1.1.4 asignadas al
Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.; mediante Of‌i cio
BCE-BCE-2018-0378-OF de 24 de mayo de 2018, se pone
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