Sentencias. 5-17-IS/21 En el Caso No. 5-17-IS Desestímese la acción de incumplimiento No. 5-17-IS

Número de Boletín232
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Jueves 4 de noviembre de 2021Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 232
97
Sentencia No. 5-17-IS/21
Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Ed if. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicación@cce.gob.ec
Quito, D.M. 29 de septiembre de 2021
CASO No. 5-17-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes procesales
1. Dentro del juicio de acción de protección y medidas cautelares No. 09359-2016-00678,
proseguido por José Chávez Rivera, como representante legal de Fausto Morán Véliz y
otros, en contra del Ministerio de Agricultura y Ganadería
1
, el juez de primera instancia
(juez de trabajo del Guayas) dictó sentencia el día 3 de junio de 2016, declarando con
lugar la demanda y disponiendo, entre otros puntos, dejar sin efecto una declaratoria de
utilidad pública realizada por el ex Instituto Ecuatoriano de Reforma Agraria y
Colonización (IERAC) y la reversión de una propiedad expropiada
2
.
2. El 6 de febrero de 2017, el actor del referido proceso presentó ante la Corte
Constitucional del Ecuador, una demanda de acción de incumplimiento de la antedicha
sentencia del 3 de junio de 2016. En esta, insistió en su petición de incumplimiento
presentada el 24 de enero de 2017 ante el juez de trabajo del Guayas.
1
Flavio Clemente, Alba Isabel, Teodulfo Ricardo, María Esther y Issac Fausto Morán Véliz; Cruz Maribel,
Luis Enrique, Cristóbal Isaac, Diana Imelda, Evelin Amanda y Marlis Elizabeth Morán Soriano;
demandaron mediante acción de protección con medida cautelar al entonces Ministerio de Agricultura,
Ganadería, Acuacultura y Pesca, en la interpuesta persona de su representante legal Javier P once Cevallos,
alegando la violación de sus derechos a la propiedad, a la tutela judicial efectiva, a la igualdad procesal, a
la seguridad jurídica, al debido proceso, al principio de impugnación en sede judicial de los actos de la
administración pública y a la obligación de los funcionarios públicos de hacer efectivo el goce y ejercicio
de los derechos consagrados en la Constitución de la República. En lo esencial, demandaron haber sido
expropiados (año 1992) sin el pago de un justo precio de la hacienda denominada “Los Socales” en la
parroquia Pascuales del cantón Guayaquil, la cual se destinaría a actividades productivas. Al no haber
aceptado el pago propuesto por el Ministerio, estimaron que no se configuró la expropiación, por lo que
solicitaron su reversión.
2
Dicha sentencia fue apelada por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca y por la
Procuraduría General del Estado, siendo revocada y por tanto dejada sin efecto mediante sentencia de
segunda instancia, dictada el 9 de mayo de 2017 por la Sala Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia de la Corte Provincial del Guayas.
Tema: En la presente sentencia, la Corte desestima una acción de incumplimiento
respecto a una decisión de primera instancia, que fue posteriormente dejada sin efecto
a través del recurso de apelación.

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