515-2019-F Refórmese la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros

Fecha de publicación30 Mayo 2019
Número de Gaceta498
Jueves 30 de mayo de 2019 – 9Registro Of‌i cial Nº 498 – Suplemento
No. 515-2019-F
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero entró en
vigencia a partir de su publicación en Segundo Suplemento
del Registro Of‌i cial No. 332 de 12 de septiembre de 2014;
Que el artículo 13 del mencionado Código, crea la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, como
responsable de la formulación de políticas públicas y la
regulación y supervisión monetaria, crediticia, cambiaria,
f‌i nanciera, de seguros y valores;
Que el artículo 14, numerales 28 y 29 ibídem, facultan a
la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
a establecer los cargos por los servicios que presten las
entidades f‌i nancieras, así como las entidades no f‌i nancieras
que otorguen crédito y los gastos con terceros derivados
de operaciones activas en que incurran los usuarios de
estas entidades; a establecer el límite máximo de costos y
comisiones que se puedan pactar por el uso de servicios de
cobro con tarjeta de crédito, débito y otros medios de similar
naturaleza a los establecimientos comerciales;
Que el artículo 151, segundo inciso del citado Código,
determina que la regulación podrá ser diferenciada por
sector, por segmento, por actividad, entre otros;
Que la Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía,
Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización
de la Gestión Financiera, se encuentra vigente desde su
publicación en el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 150 de 29 de diciembre de 2017;
Que mediante resolución No. 385-2017-A de 22 de mayo
de 2017, publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 22 de 26 de junio de 2017, la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera aprobó la Codif‌i cación
de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros;
Que en el Libro I “Sistema Monetario y Financiero”, del
Título II “Sistema Financiero Nacional”, Capítulo XXXVII
“Sector Financiero Popular y Solidario”, consta la Sección
XIV “Norma de Servicios Financieros de las Entidades del
Sector Financiero Popular y Solidario”;
Que el artículo 292 de la Sección ut supra determina “Los
cargos máximos autorizados por servicios f‌i nancieros
básicos, servicios f‌i nancieros con cargos máximos y los
servicios f‌i nancieros con cargo diferenciado, son los que
constan en los anexos 1, 2 y 3 que forman parte de la
presente norma.”;
Que es necesario reformar los cargos aludidos en el
considerando precedente a f‌i n de cumplir con lo previsto en
la Disposición General Décima Segunda de la Ley Orgánica
para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la
Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera,
en sesión extraordinaria por medios tecnológicos convocada
el 9 de mayo de 2019 con fecha 10 de mayo de 2019, conoció
y aprobó la propuesta presentada por la Superintendencia
de Economía Popular y Solidaria, referente a la “Norma de
Servicios Financieros de las Entidades del Sector Financiero
Popular y Solidario”; y,
En ejercicio de sus funciones, resuelve expedir la siguiente:
NORMA MODIFICATORIA DE LA SECCIÓN XIV
“NORMA DE SERVICIOS FINANCIEROS DE LAS
ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR
Y SOLIDARIO”; DEL TÍTULO II “SISTEMA
FINANCIERO NACIONAL”, DEL CAPÍTULO
XXXVII “SECTOR FINANCIERO POPULAR Y
SOLIDARIO”, DEL LIBRO I “SISTEMA MONETA-
RIO Y FINANCIERO”, DE LA CODIFICACIÓN DE
RESOLUCIONES MONETARIAS, FINANCIERAS,
DE VALORES Y SEGUROS
ARTÍCULO ÚNICO.- Sustitúyase los anexos 1 y 2 a los
que alude el artículo 292 por los nuevos anexos constantes
en la presente resolución.
DISPOSICIÓN GENERAL.- Los casos de duda y los
no contemplados en esta norma serán resueltos por la
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Quedan derogadas
todas las disposiciones que se opongan a la presente
resolución.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente resolución entrará en
vigencia a partir de su publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE.- Dada en el Distrito Metropolitano de
Quito, el 10 de mayo de 2019.
EL PRESIDENTE,
f.) Econ. Richard Martínez Alvarado.
Proveyó y f‌i rmó la resolución que antecede el economista
Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y
Finanzas - Presidente de la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, en el Distrito Metropolitano de
Quito el 10 de mayo de 2019.- LO CERTIFICO.
SECRETARIO ADMINISTRATIVO, ENCARGADO.
f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA.- SECRETARÍA
ADMINISTRATIVA.- Quito, 28 de mayo de 2019.- Es
copia del documento que reposa en los archivos de la
Junta.- Lo certif‌i co.- f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
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