546-2019-F Modifíquese la Codifi cación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros
Número de Boletín | 98 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera |
14 – Miércoles 11 de diciembre de 2019 Registro Ofi cial Nº 98
Dirección de Gestión Documental y Archivo, presente un
informe de las actividades desarrolladas, en el término de
4 días de concluido el viaje al exterior, y de cumplimiento
a lo establecido en el artículo 21 del Reglamento para el
Pago de Viáticos, Movilizaciones y Subsistencias en el
Exterior, para las y los Servidores y Obreros Público.
DISPOSICIÓN GENERAL.- De la ejecución de
la presente Resolución encárguese a la Dirección de
Administración del Talento Humano.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución, entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dada en la ciudad
de Quito, Distrito Metropolitano, a 04 septiembre de 2019.
f.) Ing. Janeth Maldonado Román, Subgerente General,
Banco Central del Ecuador.
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR.- Es fi el copia del
original.- Lo certifi co.- Fecha: 19 de noviembre de 2019.-
f.) Ilegible, Dirección de Gestión Documental y Archivo.-
02 fojas.
No. 546-2019-F
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que el artículo 280 de la Constitución de la República
defi ne al Plan Nacional de Desarrollo como el instrumento
al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos
públicos, así como la programación y ejecución del
presupuesto del Estado;
Que el artículo 293 de la Constitución de la República
dispone que la formulación y la ejecución de los
presupuestos de los gobiernos autónomos descentralizados
y los de otras entidades públicas se ajustarán a los planes
regionales, provinciales, cantonales y parroquiales,
respectivamente, en el marco del Plan Nacional de
Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y su
autonomía;
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero se
encuentra en vigencia desde su publicación en el Segundo
Suplemento del Registro Ofi cial No. 332 de 12 de
septiembre de 2014;
Que el artículo 13 del Código Orgánico Monetario
y Financiero crea la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera como parte de la Función
Ejecutiva, responsable de la formulación de las políticas
públicas y la regulación y supervisión monetaria,
crediticia, cambiaria, fi nanciera, de seguros y valores; y
determina su conformación;
Que el artículo 14, numeral 45 del Código Orgánico
Monetario y Financiero establece como función de la
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera,
aprobar anualmente el presupuesto de las entidades del
sector fi nanciero público, sus reformas, así como regular
su ejecución;
Que en la Codifi cación de Resoluciones Monetarias,
Financieras, de Valores y Seguros expedida por la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, Libro
I “Sistema Monetario y Financiero”, Título II “Sistema
Financiero Nacional”, Capítulo XXXIV “Del Gobierno y
Administración del Sector Financiero Público”, Sección
III “Del Sector Financiero Público Capital Presupuesto”,
Subsección I constan las Normas de Gestión Presupuestaria
para las Entidades del Sector Financiero Público;
Que mediante resolución No. 543-2019-F de 30 de
septiembre de 2019, la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera aprobó los Lineamientos para
la elaboración de la proforma presupuestaria del Banco
Central de Ecuador y entidades del sector fi nanciero
público para el año 2020; cuya Disposición Transitoria
dispone que las proformas presupuestarias deberán ser
aprobadas por la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera hasta el 30 de octubre de 2019;
Que a través de resolución No. 544-2019-F de 30 de
septiembre de 2019, la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera aprobó el Programa de Crédito
para las Entidades del Sector Financiero Público;
Que la Coordinación Estratégica del Sector Financiero
Monetario del Ministerio de Economía y Finanzas,
formula conclusiones y recomendaciones a la Proforma
Presupuestaria para el ejercicio económico 2020 del
Banco Central del Ecuador y de las Entidades del Sector
Financiero Público, con los siguientes informes: CFM-
MEF-2O19-21 de 24 de octubre de 2019 del Banco Central
del Ecuador; No. MEF-CFM-2O19-017 de 24 de octubre
de 2019 del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.; No.
MEF-CFM-2O19-020 de 24 de octubre de 2019 de la
Corporación Financiera Nacional B.P.; No. MEF-CFM-
2O19-018 de 24 de octubre de 2019 de BANECUADOR
B.P.; y, No. MEF-CFM-2O19-19 de 24 de octubre de
2019 de la Corporación Nacional de Finanzas Populares
y Solidarias;
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