Sentencias. 594-17-EP/21 En el Caso N° 594-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección

Número de Boletín215
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Martes 14 de septiembre de 2021Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 215
77
Sentencia No. 594-17-EP/21
Juez ponente: Ramiro Avila Santamaría
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 04 de agosto de 2021
CASO No. 594-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes procesales
1. El 4 de mayo de 2016, Catalina Silvia Saltos Rizzo, gerente general de
MAGICNESA S.A. (“la compañía”), presentó acción de impugnación en contra de la
resolución emitida por el director distrital Guayaquil del Servicio Nacional de Aduanas
del Ecuador (“SENAE”)
1
, mediante la cual se declaró sin lugar el reclamo
administrativo respecto de la imposición de la multa de $90.988,80 por presunta
defraudación aduanera.
2
2. El 10 de octubre de 2016, el Tribunal Distrital No. 2 de lo Contencioso Tributario
con sede en el cantón Guayaquil declaró con lugar la demanda y dejó sin efecto la
resolución impugnada, así como la multa impuesta en contra de la compañía.
3. El 21 de octubre de 2016, el SENAE interpuso recurso de casación en contra de la
sentencia dictada el 10 de octubre de 2016. El 9 de febrero de 2017, el conjuez de la
Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia (“el
conjuez”) inadmitió el recurso de casación.
4. El 13 de marzo de 2017, el SENAE presentó acción extraordinaria de protección en
contra del auto dictado el 9 de febrero de 2017.
5. El 25 de abril de 2017, la Sala de Admisión de la Corte Constitucional admitió a
trámite la acción. El 21 de marzo de 2018, la jueza constitucional Wendy Molina
1
Resolución No. SENAE-DDG-2016-0227-RE de 14 de abril de 2016, dictada dentro del r eclamo
administrativo No. 034-2016.
2
El proceso fue signado con el No. 09501-2016-00207 (Tribunal Distrital No. 2 de lo Contencioso
Tributario) y 17751-2016-0683 (Corte Nacional de Justicia).
Tema: La Corte Constitucional desestima la acción extraordinaria de protección
presentada contra un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Tributario de la
Corte Nacional de Justicia que inadmitió un recurso de casación (acción de
impugnación), en la que se alegó la vulneración del derecho al debido proceso en la
garantía a la motivación.
Sentencia No. 594-17-EP/21
Juez ponente:
Ramiro Avila Santamaría
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Liz ardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 04 de agosto de 2021
CASO No. 594-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes procesales
1. El 4 de mayo de 2016, Catalina Silvia Saltos Rizzo, gerente general de
MAGICNESA S.A. (“la compañía”), presentó acción de impugnación en contra de la
resolución emitida por el director distrital Guayaquil del Servicio Nacional de Aduanas
del Ecuador (“SENAE”)1, mediante la cual se declaró sin lugar el reclamo
administrativo respecto de la imposición de la multa de $90.988,80 por presunta
defraudación aduanera.2
2. El 10 de octubre de 2016, el Tribunal Distrital No. 2 de lo Contencioso Tributario
con sede en el cantón Guayaquil declaró con lugar la demanda y dejó sin efecto la
resolución impugnada, así como la multa impuesta en contra de la compañía.
3. El 21 de octubre de 2016, el SENAE interpuso recurso de casación en contra de la
sentencia dictada el 10 de octubre de 2016. El 9 de febrero de 2017, el conjuez de la
Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia (“el
conjuez”) inadmitió el recurso de casación.
4. El 13 de marzo de 2017, el SENAE presentó acción extraordinaria de protección en
contra del auto dictado el 9 de febrero de 2017.
5. El 25 de abril de 2017, la Sala de Admisión de la Corte Constitucional admitió a
trámite la acción. El 21 de marzo de 2018, la jueza constitucional Wendy Molina
1 Resolución No. SENAE-DDG-2016-0227-RE de 14 de abril de 2016, dictada dentro del reclamo
administrativo No. 034-2016.
2 El proceso fue signado con el No. 09501-2016-00207 (Tribunal Distrital No. 2 de lo Contencioso
Tributario) y 17751-2016-0683 (Corte Nacional de Justicia).

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