Ordenanza Municipal 629-2022 Cantón Lago Agrio: Que reforma la Ordenanza de aprobación del plano de zonas homogéneas y de valoración de la tierra urbana, así como la determinación, administración y la recaudación de los impuestos a los predios urbanos, que regirán en el bienio 2022 - 2023

Fecha de publicación20 Diciembre 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo
Número de Gaceta664
Martes 20 de diciembre de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 664
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N° 629-2022
EXPOSICION DE MOTIVOS
ORDENANZA QUE REFORMA LA ORDENANZA DE APROBACIÓN DEL
PLANO DE ZONAS HOMOGÉNEAS Y DE VALORACIÓN DE LA TIERRA
URBANA, ASÍ COMO LA DETERMINACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y LA
RECAUDACIÓN DE LOS IMPUESTOS A LOS PREDIOS URBANOS, QUE
REGIRÁN EN EL BIENIO 2022-2023, EN EL CANTÓN LAGO AGRIO
El gobierno autónomo descentralizado municipal de Lago Agrio, en vista de los
permanentes reclamos de los contribuyentes, en su gran mayoría provenientes
de los estratos sociales de menores recursos, por los pagos excesivos originados
en los avalúos de sus propiedades ubicadas en la Parroquia de Nueva Loja, que
por vigencia de las normas legales, están obligados a contribuir con el pago del
impuesto predial urbano, al margen de sus propias disponibilidades económicas
y financieras, lo cual de ninguna manera garantiza una adecuada y eficaz
distribución del ingreso y de la riqueza en el cantón, que propenda a fomentar
el desarrollo equilibrado de su sociedad, permitiéndoles contar con recursos
libres que garanticen el emprendimiento e impulsen el empleo autónomo, que
mejore su estabilidad económica, objetivos que se pueden alcanzar con una
política tributaria que facilite la progresividad, la simplicidad administrativa, la
recaudación, transparencia, la justicia y equidad, de tal manera que más paguen
quienes más recursos posean. Por lo que la actual administración del gobierno
municipal de Lago Agrio, respondiendo al clamor ciudadano está empeñada en
promover la distribución de los ingresos a través de los servicios y obras que
ejecuta en beneficio de toda la población. Ir creando un sistema contributivo
justo, democrático, solidario, sostenible en el tiempo, basado en la distribución
igualitaria de los bienes y servicios que utiliza y demanda la población.
Con este propósito, el gobierno municipal del Cantón Lago Agrio, ha creído
conveniente que dentro de las facultades legales que le confiere el Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD,
reformar el artículo 22 de la ordenanza del Impuesto Predial Urbano,
desplazando el parámetro de la banda impositiva contenidas en el artículo 504
del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD, que facultan la aplicación del tanto por mil al avalúo de la propiedad
urbana, a discreción del gobierno municipal para la determinación del valor del
impuesto a cancelar por parte del contribuyente. De esta manera, se contempla
en la presente reforma a la ordenanza mencionada, considerando los siguientes
porcentajes de aplicación al actual valor de las propiedades:

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