Sentencia nº 0002-2015 de Sala de Lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia (2012), 5 de Enero de 2015

Número de sentencia0002-2015
Número de expediente0174-2010
Fecha05 Enero 2015
Número de resolución0002-2015

RATIO DECIDENCI"1. La Ley de Contratación Pública y la Ley de Medicación y Arbitraje, (vigentes al momento de la controversia) prevén que las entidades que conforman el sector público podrían hacer uso de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, como un elemento facultativo no obligatorio, para solucionar problemas o bien controversias producidas durante la fase de ejecución contractual, o para un inminente conflicto litigioso, sin que la falta de acuerdo expreso de los contratantes para someterse a dichos mecanismos alternativos afecte la competencia que la Constitución y la Ley atribuyen a los Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo."

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