Sentencia nº 0050-2015 de Sala de Lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia (2012), 19 de Enero de 2015

Número de sentencia0050-2015
Fecha19 Enero 2015
Número de expediente0551-2011
Número de resolución0050-2015

RATIO DECIDENCI"1. La Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, así como su Reglamento, contemplaban como requisito sine qua non para el ingreso a la carrera administrativa, que se haya aprobado el respectivo concurso de merecimientos y oposición; por lo que la suscripción de contratos de trabajo eventual y, posteriormente, contratos de prestación de servicios ocasionales, no posibilita ni da derecho al otorgamiento de la calidad de servidor público de carrera; conceptos éstos que se han desarrollado respecto de expresas normas de la Constitución Política de la República del Ecuador y de la vigente Constitución."

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