659 Ratifíquese en todas sus partes el contenido de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores
Fecha de publicación | 12 Febrero 2019 |
Número de Gaceta | 426 |
Martes 12 de febrero de 2019 – 15Registro Ofi cial Nº 426 – Suplemento
Que, los artículos 4 y 5 del Reglamento para el
Otorgamiento de Cartas de Naturalización por Servicios
Relevantes contienen los requisitos de la solicitud para
obtener la carta de naturalización por servicios relevantes;
Que, la señorita Liuba María Zaldívar Rojas ha solicitado
al señor Presidente Constitucional de la República que le
conceda la naturalización por servicios relevantes;
Que, la señorita Liuba María Zaldívar Rojas se ha
desempeñado como deportista de alto rendimiento en
atletismo, dentro de la disciplina de triple salto, donde
ha alcanzado importantes reconocimientos tanto a nivel
nacional como internacional;
Que, el aporte y el ejemplo deportivo de la señorita Liuba
María Zaldívar Rojas, se ha visto refl ejado en la formación
personal y deportiva de niños y jóvenes promesas del
atletismo del Ecuador; y,
Que, la señorita Liuba María Zaldívar Rojas cumple con
los requisitos establecidos en el artículo 71 de Reglamento
a la Ley Orgánica de Movilidad Humana y artículos 4 y
5 del Reglamento para el Otorgamiento de Cartas de
Naturalización por Servicios Relevantes.
En ejercicio de la atribución que le confi eren los artículos
76 y 77 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana,
Decreta:
Artículo 1.- Otorgar la nacionalidad ecuatoriana por
servicios relevantes a la señorita Liuba María Zaldívar
Rojas por su aporte a la República del Ecuador en el
ámbito deportivo.
Artículo 2.- De la ejecución del presente Decreto
Ejecutivo, encárguese al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana y al Registro Civil,
Identifi cación y Cedulación.
Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de
la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Ofi cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de enero de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 29 de enero del 2019, certifi co que el que antecede
es fi el copia del original.
Documento fi rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No 659
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que según el artículo 418 de la Constitución de la
República, al Presidente de la República le corresponde
suscribir o ratifi car los tratados y otros instrumentos
internacionales;
Que la “Convención Interamericana sobre la Protección
de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”,
fue adoptada en la ciudad de Washington, D.C.,
Estados Unidos, el 15 de junio de 2015, en el marco del
Cuadragésimo Quinto Período Ordinario de Sesiones
de la Asamblea General de la Organización de Estados
Americanos;
Que según el Artículo 109 de la Ley Orgánica de Garan-
tías Jurisdiccionales y Control Constitucional, previo a la
ratifi cación por el Presidente de la República, los tratados
internacionales deben ponerse en conocimiento de la
Corte Constitucional, para que esta resuelva si requieren o
no aprobación legislativa;
Que el Pleno de la Corte Constitucional, en sesión del
4 de abril de 2018, declaró mediante Dictamen número
007-18-DTI-CC emitido dentro del Caso número 00004-
18-TI, que el instrumento internacional sometido a
análisis requiere de aprobación previa por parte de la
Asamblea Nacional y que las disposiciones contenidas en
este son compatibles con la Constitución de la República
Que el 13 de diciembre del 2018, la Asamblea Nacional
resolvió “Aprobar la Convención Interamericana sobre
la Protección de los Derechos Humanos de las Personas
Mayores”; y,
En ejercicio de la atribución conferida por el numeral 10
del Artículo 147 de la Constitución de la República,
Decreta:
Artículo Único.- Ratifi car en todas sus partes el contenido
de la “Convención Interamericana sobre la Protección de
los Derechos Humanos de las Personas Mayores”.
Disposición Final.- El presente Decreto Ejecutivo entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro
Ofi cial, de su ejecución encárguese al Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, 28 de enero de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 29 de enero del 2019, certifi co que el que antecede
es fi el copia del original.
Documento fi rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
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