Causas. 66-22-IN Acción Pública de Inconstitucionalidad de Actos Normativos. Legitimado Activo: Colectivo Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador; Olga Virginia Rosalía Gómez de la Torre Bermúdez y otras

Número de Boletín102
SecciónCausas
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 19 de octubre de 2022Edición Constitucional Nº 102 - Registro Ocial
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Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicación@cce.gob.ec
SALA DE ADMISIÓN
RESUMEN CAUSA No. 66-22-IN
En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión, mediante auto de 23 de
septiembre de 2022 y de conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2,
literal e), de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se
pone en conocimiento del público lo siguiente:
CAUSA: Acción Pública de Inconstitucionalidad de Actos Normativos.
LEGITIMADO ACTIVO: Colectivo Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador; Olga
Virginia Rosalía Gómez de la Torre Bermúdez; Miriam Elizabeth Ernest Tejada de
GuayasamÍn; Francisca Augusta de los Ángeles Morejón Cruz; Patricia Genoveva Gálvez
Zaldumbide; Magaly Fernanda Carpio Centeno; Maria Micaela Camacho Galarraga; Ana
Lucia Namicela Guaya; Zoila Azucena Emperatriz Menendez Velez; Irina Tamara Briones
Rivera.
CORREO ELECTRÓNICO: soledad.angusf@gmail.com; y
coalicionmujeresecuador@gmail.com
LEGITIMADOS PASIVOS: Presidente de la República del Ecuador, Asamblea Nacional
del Estado y Procurador General del Estado.
NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS: Artículo
43; artículo 66 numerales 2, 3, 9 y 10; artículo 78; artículo 424; y artículo 425 de la
Constitución de la República del Ecuador.
PRETENSIÓN JURÍDICA: El accionante solicita que se declare la inconstitucionalidad
en contra del artículo 1; artículo 5 literales a), c), e), i); artículo 7 literales c) y d); artículo
12; artículo 18; artículo 19; artículo 21 numerales 1 y 2; artículo 30 numeral 3; artículo 31
numeral 2; artículo 32 segundo inciso, numerales 3, 4, 6 y 7; artículo 33 numeral 4;
artículo 34 numeral 3; artículo 35 numeral 2 literal b), numeral 3 literal b), numerales 4, 5,
7 y 8; y, el artículo 48 de la Ley Orgánica que Regula la Interrupción del Embarazo en
casos de Violación.
De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen de la
demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.
LO CERTIFICO.- Quito, a los 07 días del mes de octubre de 2022.
Documento firmado electrónicamente
Dra. da García Berni
SECRETARIA GENERAL
AGB/SNPR
Firmado electrónicamente por:
AIDA SOLEDAD
GARCIA BERNI

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