Acuerdos. 7 Refórmese El Reglamento Interno De Talento Humano

Número de Boletín64
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional de Comunicación
Jueves 24 de agosto de 2017 – 5Registro Of‌i cial Nº 64
No. 7
Alex Mora Moya
SECRETARIO NACIONAL DE COMUNICACIÓN
Considerando:
del Ecuador, establece que, las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades atribuidas en la Constitución y la ley;
Que, de acuerdo al artículo 227 de la Carta Fundamental,
la administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de ef‌i cacia,
ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación;
prescribe, serán servidoras o servidores públicos todas
las personas que en cualquier forma o a cualquier título
trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función
o dignidad dentro del sector público. Los derechos de
las servidoras y servidores públicos son irrenunciables.
La ley def‌i nirá el organismo rector en materia de
recursos humanos y remuneraciones para todo el sector
público y regulará el ingreso, ascenso, promoción,
incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de
remuneración y cesación de funciones de sus servidores;
Que, conforme lo prescrito en artículo 2 de la Ley
Orgánica del Servicio Público, en adelante LOSEP, el
servicio público y la carrera administrativa tienen por
objetivo propender al desarrollo profesional, técnico y
personal de las y los servidores públicos, para lograr el
permanente mejoramiento, ef‌i ciencia, ef‌i cacia, calidad,
productividad del Estado y de sus instituciones, mediante
la conformación, el funcionamiento y desarrollo de
un sistema de gestión del talento humano sustentado
en la igualdad de derechos, oportunidades y la no
discriminación;
Que, de acuerdo al penúltimo párrafo del artículo 1 14
de la LOSEP, se exceptúan de los pagos de dichas horas
suplementarias o extraordinarias o trabajo desarrollado en
días sábados, domingos o días de descanso obligatorio, a
las servidoras y servidores públicos que ocupen puestos
comprendidos dentro de la escala remunerativa del nivel
jerárquico superior;
Que, entre las atribuciones y responsabilidades de
las Unidades Administrativas de Talento Humano, se
encuentra la elaboración de l reglamento interno de
administración del talento humano, con sujeción a las
normas técnicas del Ministerio de Relaciones Laborales;
Que, conforme establece el artículo 79 del Reglamento
General a la Ley Orgánica del Servicio Público, las
UATH elaborarán obligatoriamente, en consideración de
la naturaleza de la gestión institucional los reglamentos
internos de administración del talento humano, en los
que se establecerán las particularidades de la gestión
institucional;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 3 de 30 de mayo
de 2013, se creó la Secretaría Nacional de Comunicación
como entidad de derecho público, con personalidad jurídica
y patrimonio propio, dotada de economía presupuestaria,
f‌i nanciera, económica y administrativa;
Que, a través del Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de
2017, el señor Presidente Constitucional de la República,
designó al Licenciado Alex Mora Moya como Secretario
Nacional de Comunicación;
Que, mediante Acuerdo No. 40 de 07 de junio de 2016, se
expidió el Reglamento Interno de Talento Humano de la
Secretaría Nacional de Comunicación;
Que, mediante Acuerdo No. 061 de 30 de marzo de
2017, el Secretaría Nacional de Comunicación reforma el
Reglamento Interno de Talento Humano de la Secretaría
Nacional de Comunicación;
Que, es necesario reformar el Reglamento Interno de Talento
Humano de la Secretaría Nacional de Comunicación para
adecuar la normativa a los requerimientos institucionales y
de las servidoras y servidores públicos, que optimicen las
condiciones de la prestación del servicio público ef‌i ciente
y de calidad en benef‌i cio del Estado y la ciudadanía;
En uso de las atribuciones que le conf‌i eren el artículo 154
número 1 de la Constitución de la República y el artículo
17-2 del ERJAFE y demás normas jurídicas aplicables,
Acuerda:
REFORMAR EL REGLAMENTO INTERNO
DE TALENTO HUMANO DE LA SECRETARÍA
NACIONAL DE COMUNICACIÓN
Artículo 1.- Sustituir el segundo párrafo del artículo 14
del Reglamento Interno de Administración de Talento
Humano de la Secretaría Nacional de Comunicación, por
el siguiente:
“El registro biométrico de entrada y salida de cada
jornada laboral, así como en el horario de almuerzo
es obligatorio para todas las servidoras y servidores
de la Secretaría Nacional de Comunicación. Por la
naturaleza de sus funciones y actividades, se exceptúan
del registro biométrico a los servidores del nivel
jerárquico superior, quienes deberán cumplir al menos
ocho horas en la jornada diaria de trabajo en los cinco
días de la semana. Para el cálculo de las liquidaciones
económicas correspondientes, no se considerará el
registro en el lector biométrico de los servidores del
nivel jerárquico superior, ni podrán percibir pagos por
horas suplementarias o extraordinarias”.
rme
a del S
público
opende
as y los
joramiento, ef‌i ciencia, ef‌i
Estado y de
el funcionam
re
iplinario
ción de funcion
lo prescrito en ar
ervicio Público, e
o y la carrera administrati
er al desarrollo profesio
servidores p
lo
miento, ef‌i ciencia, ef‌i cacia, cal
o y de sus instituciones, media
miento y desarro
artículo
en adelant
a administrativ
r al desarrollo prof
erac
l ingres
discip
sació
l
Se
o y la carrera administrativa
der al desarrollo profesional,
los servidores públicos, para l
nto ef‌iciencia ef‌i
serv
2 de l
dores;
,
a de
ad
de
a
OSEP,
enen po
i
ey
el
y d
ondi
de ca
s s
ione
id
a n
ervid
sd
S
normat
oras
refo
ecretar
iva a
orm
ía
ar el R
o
;
Huma
municac
no d
ar el
d,
us
úmero
2 de
a
o d
o1d
en
sat
a
enef‌i c
ervid
restaci
cio
s requ
dores p
ciona
uerimie
ú

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR