Decretos. 700 Declárese en comisión de servicios a la comitiva ofi cial que acompañó, al señor Presidente Constitucional de la República en su desplazamiento a la ciudad de Santiago de Chile

Número de Boletín465
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Miércoles 10 de abril de 2019 – 15Registro Of‌i cial Nº 465 – Suplemento
Quito, 28 de marzo del 2019, certif‌i co que el que antecede
es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR.
Nº 700
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
En ejercicio de la facultad que le conf‌i ere el Artículo 147
y el Artículo 11 letra f), del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva,
Decreta:
Artículo Primero.- Declarar en comisión de servicios a
la comitiva of‌i cial que acompañará al señor Presidente
Constitucional de la República en su desplazamiento a la
ciudad de Santiago de Chile, del 21 al 23 de marzo de
2019, para participar de la Cumbre Presidencial sobre
Integración Sudamericana (PROSUR), en atención a la
invitación del señor Presidente de la República de Chile,
Sebastián Piñera Echenique:
1. Señor José Valencia Amores, Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana;
2. Señor Juan Sebastián Roldán Proaño, Secretario
Particular de la Presidencia de la República;
3. Señor Andrés Michelena Ayala, Secretario
General de Comunicación de la Presidencia de la
República; y,
4. Señor Homero Arellano Lascano, Embajador del
Ecuador en Chile.
Artículo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones
de los señores Ministros, en su ausencia, se regirán a
lo dispuesto en el Artículo 17 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.
Artículo Tercero.- Los viáticos y más gastos que
demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a
los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen
los integrantes de esta comitiva.
Artículo Cuarto.- Este Decreto entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 18 de marzo de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 28 de marzo del 2019, certif‌i co que el que antecede
es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR.
No. 702
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que el número 18 del artículo 147 de la Constitución de la
República del Ecuador, dispone entre las atribuciones del
Presidente de la República, indultar, rebajar o conmutar
las penas, de acuerdo con la ley;
promulgado en el Registro Of‌i cial Suplemento No. 180
de 10 de febrero de 2014, establece que el Presidente de
la República podrá conceder el indulto, conmutación o
rebaja de las penas impuestas en sentencia ejecutoriada, si
la persona privada de la libertad observa buena conducta
en lo posterior al delito;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 461 de 29 de
septiembre de 2014, promulgado en el Registro Of‌i cial
Suplemento No. 351 de 9 de octubre de 2014, se expidió
el Reglamento para Concesión de Indulto, Conmutación o
Rebaja de Penas, el cual establece los requisitos y el trámite
correspondiente para acceder al indulto presidencial;
Que el señor Luis Alejandro Suquilanda Yaguana fue
sentenciado a cumplir la pena de veinte meses de privación
de la libertad y al pago de una multa que asciende a doce
salarios básicos unif‌i cados, impuesta mediante fallo de
la Unidad Judicial Penal con sede en el Cantón Loja, en
el juicio nro. 11282-2018-01092, por haberle encontrado
responsable de la comisión del delito tipif‌i cado y
sancionado en el artículo 265 del Código Orgánico
Integral Penal, dicha resolución se encuentra ejecutoriada;
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