Decretos. 789 Sustitúyese el numeral 1 del artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 1004 del 26 de abril del 2016

Número de Boletín526
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Martes 9 de julio de 2019 – 3Registro Of‌i cial Nº 526 – Suplemento
para el 2019, aprobado con Acuerdo Ministerial 0067 de
29 de enero de 2019, emite certif‌i cación de que “en el
orgánico numérico para el año 2019 de la Policía Nacional
del Ecuador se ha considerado, bajo la estructura actual
la vacante para el ascenso de un señor General Superior,
(…) cargo que ha permanecido vacante ya que el último
ascenso a General Superior data del 12 de febrero de
2016.”; relacionada al proceso de ascenso al inmediato
grado superior del General Inspector Nelson Humberto
Villegas Ubillús, perteneciente a la Cuadragésima. Séptima
Promoción de Of‌i ciales de Línea;
Que a través del of‌i cio Nro. 2019-0956-DNF-PN, del 16
de mayo de 2019, el Director nacional f‌i nanciero de la
Policía Nacional informa al Secretario del H. Consejo de
Generales de la Policía Nacional que en el presupuesto de la
Comandancia General-Planta Central de la Policía Nacional
existe disponibilidad presupuestaria en el GRUPO 510000
“GASTOS EN PERSONAL” para “cubrir la necesidad
institucional de las obligaciones del gasto en personal a
partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019, (…).”;
Que el señor General Inspector Nelson Humberto Villegas
Ubillús, ha sido sometido por parte de la señora Ministra
del Interior, al correspondiente proceso de evaluación de
desempeño de gestión y competencias, por el año 2018; y
de evaluación de conducta policial como consta de la matriz
aplicada y aceptada por el evaluado;
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 147
y, en concordancia con el artículo 92 del Código Orgánico
de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público,
Decreta:
Artículo 1.- Ascender con fecha 12 de junio de 2019,
al grado de GENERAL SUPERIOR DE POLICÍA de
la Policía Nacional al señor General Inspector Nelson
Humberto Villegas Ubillús, perteneciente a la Cuadragésima
Séptima Promoción de Of‌i ciales de Línea, por haber
cumplido con los requisitos exigidos en el artículo 94 del
Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y
Orden Público.
Artículo 2.- De la ejecución del presente Decreto
Ejecutivo, que entrará en vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial,
encárguese a la señora Ministra del Interior.
COMUNIQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito DM., en el Palacio Nacional, en Quito, a 12
de junio de 2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
f.) María Paula Romo Rodríguez. Ministra del Interior.
Quito, 1 de julio del 2019, certif‌i co que el que antecede es
f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No. 789
Lenín Moreno Garcés,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el número 5 del artículo 147 de la Constitución de
la República establece como atribución del Presidente
Constitucional de la República, dirigir la administración
pública en forma desconcentrada y expedir los decretos
necesarios para su integración, organización, regulación y
control;
Que mediante Decreto Ejecutivo número 1004 del 26 de
abril del 2016, se creó el Comité para la Reconstrucción
y Reactivación Productiva, con la f‌i nalidad de ejecutar
la construcción y reconstrucción de la infraestructura
necesaria para mitigar los efectos del terremoto del 16 de
abril de 2016;
Que mediante Decreto Ejecutivo número 593 de 3 de
septiembre de 2018, se encargó al señor José Agusto
Briones, Secretario General de la Presidencia de la
República el cumplimiento de las funciones establecidas en
el Decreto Ejecutivo número 333 de 6 de marzo de 2018,
entre estas, la delegación al Comité para la Reconstrucción
y Reactivación Productiva; y,
Que mediante Decreto Ejecutivo número 717 de 11 de abril
de 2019, se encargó la Secretaría Técnica del Comité para
la Reconstrucción y Reactivación Productiva, al ingeniero
Guillermo Sierra Béjar, Gerente de Proyectos para la
Reconstrucción y Reactivación Productiva, y se cambió su
adscripción a la Presidencia de la República.
En ejercicio de las facultades y atribuciones que le conf‌i eren
los numerales 5 y 9 del artículo 147 de la Constitución de
la República del Ecuador, y las letras d) y f) del artículo 11
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,
Decreta:
Artículo 1.- Sustitúyase el numeral 1 del artículo 2 del
Decreto Ejecutivo número 1004 del 26 de abril del 2016,
por el siguiente:
“1. Un delegado del Presidente de la República, quien lo
presidirá;”
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