Dictámenes y sentencias. 802-17-EP/21 En el Caso N° 802-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección N° 802-17-EP

Número de Boletín273
SecciónDictámenes y sentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Lunes 7 de febrero de 2022Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 273
123
Sentencia No. 802-17-EP/21
Jueza ponente: Carmen Corral Ponce
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicación@cce.gob.ec
Quito, D.M. 21 de diciembre de 2021
CASO No. 802-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes
1. Lorena de los Ángeles Torres Juña, presentó el 09 de agosto de 2016 una acción de plena
jurisdicción o subjetiva en contra del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
y el Procurador General del Estado, impugnando (i) la acción de personal No. DNGTH-
2016-0761 de 19 de febrero de 2016, por la cual la directora general del IESS cesó sus
funciones por compra de renuncia con indemnización, del puesto de contadora
provincial en la Dirección Provincial de Tungurahua, Subdirección Provincial en
Servicios Corporativos; y (ii) el acto constante en el Oficio N°. IESS-DNGTH-2016-
0238-OF de 25 de abril de 2016, suscrito por el director nacional de Gestión de Talento
Humano del IESS, por el cual se negó su solicitud de reintegro al cargo del cual fue
desvinculada. El proceso fue signado con el No. 17811-2016- 01382.
2. El Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo con sede en el Distrito
Metropolitano de Quito, mediante sentencia emitida el 03 de enero del 2017 resolvió
aceptar la demanda propuesta por la actora, al evidenciarse la vulneración del debido
proceso por la falta de motivación debida del acto administrativo, así, declaró la nulidad
de la acción de personal No. DNGTH-2016-0761 de 19 de febrero de 2016 y el Oficio
N°. IESS DNGTH-2016-0238-OF; y, dispuso la restitución de la accionante al puesto
de contadora provincial de la Dirección Provincial de Tungurahua en el término de cinco
días a partir de la ejecutoria de dicha sentencia; debiéndose proceder al pago de los
haberes dejados de percibir y demás beneficios de ley, con el descuento del valor
recibido por la accionante por concepto de indemnización por compra de renuncia.
3. El 14 de febrero de 2017, el IESS y la Procuraduría General del Estado presentaron
recursos de casación. En auto de fecha 06 de marzo del 2017, expedido por el Conjuez
Nacional de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia
actuante, Dr. Iván Saquicela Rodas, se inadmitieron los recursos, por no cumplir con los
requisitos contemplados en el artículo 267 del Código Orgánico General de Procesos.
Tema: En esta decisión la Corte resuelve negar la acción extraordinaria de protección
presentada en contra del auto de inadmisión de 06 de marzo de 2017 dictado por el
Conjuez de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia;
al no constatarse la vulneración a la motivación ni seguridad jurídica.
Sentencia No. 802-17-EP/21
Jueza ponente: Carmen Corral Ponce
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicación@cce.gob.ec
Quito, D.M. 21 de diciembre de 2021
CASO No. 802-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes
1. Lorena de los Ángeles Torres Juña, presentó el 09 de agosto de 2016 una acción de plena
jurisdicción o subjetiva en contra del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
y el Procurador General del Estado, impugnando (i) la acción de personal No. DNGTH-
2016-0761 de 19 de febrero de 2016, por la cual la directora general del IESS cesó sus
funciones por compra de renuncia con indemnización, del puesto de contadora
provincial en la Dirección Provincial de Tungurahua, Subdirección Provincial en
Servicios Corporativos; y (ii) el acto constante en el Oficio N°. IESS-DNGTH-2016-
0238-OF de 25 de abril de 2016, suscrito por el director nacional de Gestión de Talento
Humano del IESS, por el cual se negó su solicitud de reintegro al cargo del cual fue
desvinculada. El proceso fue signado con el No. 17811-2016- 01382.
2. El Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo con sede en el Distrito
Metropolitano de Quito, mediante sentencia emitida el 03 de enero del 2017 resolvió
aceptar la demanda propuesta por la actora, al evidenciarse la vulneración del debido
proceso por la falta de motivación debida del acto administrativo, así, declaró la nulidad
de la acción de personal No. DNGTH-2016-0761 de 19 de febrero de 2016 y el Oficio
N°. IESS DNGTH-2016-0238-OF; y, dispuso la restitución de la accionante al puesto
de contadora provincial de la Dirección Provincial de Tungurahua en el término de cinco
días a partir de la ejecutoria de dicha sentencia; debiéndose proceder al pago de los
haberes dejados de percibir y demás beneficios de ley, con el descuento del valor
recibido por la accionante por concepto de indemnización por compra de renuncia.
3. El 14 de febrero de 2017, el IESS y la Procuraduría General del Estado presentaron
recursos de casación. En auto de fecha 06 de marzo del 2017, expedido por el Conjuez
Nacional de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia
actuante, Dr. Iván Saquicela Rodas, se inadmitieron los recursos, por no cumplir con los
requisitos contemplados en el artículo 267 del Código Orgánico General de Procesos.

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