Decreto ejecutivo 817 Declárese en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañó al Primer Mandatario del Ecuador, a fin de mantener agenda oficial en la ciudad de Madrid-España; a participar de la III Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno UE-CELAC en la ciudad de Bruselas- Bélgica; e, intervenir de la XXVIII Edición del World Law Congress en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América

Fecha de publicación18 Julio 2023
Número de Gaceta355
Martes 18 de julio de 2023 Registro Ocial - Suplemento Nº 355
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N° 817
GUILLERMO LASSO MENDOZA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
El ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 5 del artículo 147 de la Constitución de la
República y, el literal f) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva,
DECRETA:
Artículo 1.- Declarar en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañará al Primer
Mandatario del Ecuador, del 13 al 22 de julio de 2023 a fin de mantener agenda oficial en la ciudad de
Madrid-España; participar de la III Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno UE-CELAC en la
ciudad de Bruselas-Bélgica; e, intervenir de la XXVIII Edición del World Law Congress en la ciudad
de Nueva York, Estados Unidos de América.
La comitiva oficial que acompañará al Presidente de la República estará conformada por:
1. Señora María de Lourdes Alcívar, Primera Dama de la Nación;
2. Señor Gustavo Manrique Miranda, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana;
3. Señor Henry Cucalón Camacho, Ministro de Gobierno;
4. TCRN. Edison Conde, Jefe de Seguridad Presidencial;
5. CPFG. Julio César Urbano, Edecán del Presidente de la República; y,
6. CAP. Clara Victoria Avilés, Jefa de Seguridad de la Primera Dama.
Acompañará a la comitiva oficial, en calidad de comitiva de apoyo, un funcionario de la Subsecretaría
General del Despacho Presidencial, un funcionario de la Subsecretaría de Protocolo y Ceremonial y un
funcionario de la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia de la República.
Artículo 2.- Los viáticos y demás gastos que demanden estos desplazamientos se cubrirán con cargo al
presupuesto de las instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva.
En el caso de la Primera Dama de la Nación, no recibirá viáticos de ninguna clase de conformidad con
el Decreto Ejecutivo No. 4 de 24 de mayo de 2021.
Artículo 3.- Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado en la ciudad de Guayaquil, el 12 de julio de 2023.
Guillermo Lasso Mendoza
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Firmado electrónicamente por:
GUILLERMO ALBERTO
SANTIAGO LASSO
MENDOZA

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