8412 Revóquese La Delegación Conferida Al Doctor Diego Torres Saldaña, Coordinador General De Asesoría Jurídica

Fecha de disposición12 Mayo 2017
Fecha de publicación12 Mayo 2017
Número de Gaceta1003
Viernes 12 de mayo de 2017 – 9Registro Of‌i cial Nº 1003
Ministro del Interior, acordó conformar una Comisión
Técnica Especializada encargada del trámite y autorización
de pases, delegaciones, comisiones, curso y otras
actividades profesionales de la Policía Nacional;
Que, el artículo 2 del Acuerdo Ministerial No. 2405 de 17
de noviembre de 2011, establece que la Comisión Técnica
estará integrada por el Viceministro de Seguridad Interna
del Ministerio del Interior, el Inspector General de la
Policía Nacional, el Director General de Personal de la
Policía Nacional, un Asesor de Seguridad del Ministerio del
Interior, el subof‌i cial más antiguo de la Policía Nacional y
un representante de los señores Clases y Policías;
Que, con Acuerdos Ministeriales No. 2770 de 03 de julio
de 2012; y, No. 8197-A de 03 de enero de 2017, se reformó
el artículo 2 del Acuerdo Ministerial No. 2405 de 17 de
noviembre de 2011, en lo relacionado a la integración de
la Comisión Técnica Especializada encargada del trámite
y autorización de pases, delegaciones, comisiones, curso
y otras actividades profesionales de la Policía Nacional; y,
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 154
y lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 632, del 17 de
enero del 2011,
Acuerda:
Expedir la reforma al Acuerdo Ministerial No. 2405
de 17 de noviembre de 2011, reformado con Acuerdos
Ministeriales No. 2770 de 03 de julio de 2012; y, No. 8197-
A de 03 de enero de 2017, en los siguientes términos:
Artículo 1.- Sustituir el texto del artículo 2, al tenor de lo
siguiente: “La Comisión Técnica estará integrada por el
Ministro del Interior, quien la presidirá; el Comandante
General de la Policía Nacional; el Director General de
Operaciones de la Policía Nacional, el Director General
de Personal de la Policía Nacional, un Asesor de Seguridad
del Ministerio del Interior designado por el Ministro del
Interior; el Subof‌i cial más antiguo de la Policía Nacional;
y, un representante del personal de Clases y Policías”.
Artículo 2.- DELEGAR al Abogado José Rodrigo
Moreno, Asesor del Despacho Ministerial, para que a
nombre y representación del Titular, de conformidad con
la ley, integre y presida Comisión Técnica Especializada
encargada del trámite y autorización de pases, delegaciones,
comisiones, curso y otras actividades profesionales de la
Policía Nacional, con todas las atribuciones previstas en el
Acuerdo Ministerial No. 2405 de 17 de noviembre de 2011.
Artículo 3.- El funcionario referido, informará al
Ministro del Interior de las acciones adoptadas en
ejercicio de la presente delegación, siendo penal, civil y
administrativamente responsable por los actos que realice
o las omisiones en que incurriere en tal virtud.
Artículo 4.- El presente Acuerdo Ministerial
entrará en vigencia a partir de la fecha de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial y en la Orden General de la Policía Nacional; de
su cumplimiento y ejecución, encárguese el Comandante
General de la Policía Nacional.
Artículo 5.- Póngase en conocimiento de la Secretaria
Nacional de Administración Pública; y, del Abogado José
Rodrigo Moreno, Asesor del Despacho Ministerial.
PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE.- Dado en el D.M. de
Quito, a 23 de febrero de 2017.
f.) Abg. Pedro Solines Chacón, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i
co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 27
de marzo de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 8412
Abg. Pedro Solines Chacón
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Ecuador faculta a los Ministros de Estado, además de las
atribuciones establecidas en la Ley, ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir acuerdos y
resoluciones administrativas que requieran su gestión;
Que, de conformidad con el artículo 227 de la Constitución
de la República del Ecuador, la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 326, numeral 16 de la Norma Suprema
determina que en las instituciones del Estado y en las
entidades de derecho privado en las que haya participación
mayoritaria de recursos públicos, quienes cumplan
actividades de representación, directivas, administrativas
o profesionales, se sujetarán a las leyes que regulan la
administración pública; y aquellos que no se incluye en esta
categorización estarán amparados por el Código de Trabajo;
Que, conforme al artículo 1 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, ésta
norma instituye principalmente la estructura general, el
funcionamiento, el procedimiento administrativo común
y las normas sobre responsabilidad de los órganos y
entidades que integran la Administración Pública Central e
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva;
Que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 35 de la Ley
de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación
de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada; 17

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