Acuerdos. 8457 Ing. Ana Belén Guerra Ludeña, Responsable De Las Unidades De Control Migratorio A Nivel Nacional
Número de Boletín | 1005 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Interior |
Martes 16 de mayo de 2017 – 11Registro Ofi cial Nº 1005
En ejercicio de las atribuciones que le confi ere el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remune-
ración por viaje al exterior, de la Ing. Ana Belén Guerra
Ludeña, Responsable de las Unidades de Control Migratorio
a nivel nacional, a la fecha de la comisión, quien participó
conjuntamente con servidores policiales, delegados del
Ministerio del Interior, en la Primera Ronda preparatoria
a nivel técnico, en el marco de la XXXVIII Reunión de
Ministros del Interior y Seguridad del MERCOSUR y
Estados Asociados, efectuada el 03 de junio de 2016,
llevada a cabo en Montevideo-Uruguay, del 14 al 18 de
marzo de 2016, considerando el tiempo adicional requerido
por razones de logística.
Art. 2.- La funcionaria indicada, deberá presentar el
informe ejecutivo concreto y específi co de la comisión
de servicios al exterior, al Sistema de Información para la
Gobernabilidad Democrática -SIGOB de la Presidencia de
la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serán
legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.
Art. 4.- E1 presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Ofi cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 15 de marzo
de 2017.
f.) Abg. Diego Xavier Fuentes Acosta, Ministro del Interior,
(S).
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifi co que el
presente documento es fi el copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 27
de marzo de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 8457
Abg. Diego Xavier Fuentes Acosta
MINISTRO DEL INTERIOR (S)
Considerando:
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, párrafo cuarto, establece: “...Para efectuar
estudios regulares de pos grados, reuniones, conferencias,
pasantías y visitas de observación en el exterior o en el
país, que benefi cien a la Administración Pública, se
concederá comisión de servicios hasta por dos años,
previo dictamen favorable de la unidad de administración
del talento humano, siempre que la servidora o servidor
hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde
trabaja...”
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Servicio Público, determina: “Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción
se desplace a cumplir tareas ofi ciales de capacitación y/o
actualización de conocimientos en reuniones, conferencias
o visitas de observación dentro o fuera del país, se le
concederá comisión de servicios con remuneración,
percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización
y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde
la fecha de salida hasta el retorno...”
Que, conforme al Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior,
publicado en el Registro Ofi cial No. 102 del 17 de diciembre
de 2010, uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es
afi anzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el
marco de las garantías democráticas mediante la promoción
de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de
violencia para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084
de 6 de marzo de 2015, de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, que contiene la reforma al
Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial
No. 998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro
sobre “VIAJES AL EXTERIOR” estableciendo que; todo
servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no
considerado en los numerales 1, 2 y 3 será autorizado por la
máxima autoridad de la institución o su delegado;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1292 de 4 de enero del
2017, artículo segundo, el señor Presidente de la República
del Ecuador, procede a cesar el encargo efectuado al
Abogado Diego Fuentes Acosta como Ministro del Interior
y a designar como titular de este Ministerio al Abogado
Pedro Solines Chacón;
Que, con Acuerdo Ministerial No. 8426 del 06 de marzo
de 2017, el Abogado Pedro Solines Chacón, Ministro del
Interior, dispone al Abogado Diego Xavier Fuentes Acosta,
Viceministro de Seguridad Interna, la subrogación de las
funciones y atribuciones del cargo de Ministro del Interior,
desde el 07 al 30 de marzo de 2017, por licencia sin
remuneración del Titular;
Que, mediante memorando No. MDI-DM-2016-043 del
01 de abril de 2016, se autorizó la comisión de servicios
al exterior de la Ing. Ana Belén Guerra Ludeña, delegada
del Ministerio del Interior, para que asista a la reunión
sobre el “Protocolo de Inadmisión, deportación, exclusión
o expulsión de ciudadanos de terceros países Ecuador-
Colombia”, realizada en Bogotá-Colombia, el 04 de abril
de 2016;
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