Decreto 858 Refórmese el Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público

Fecha de publicación03 Septiembre 2019
Número de Gaceta31
Martes 3 de septiembre de 2019 – 3Registro Of‌i cial Nº 31 – Suplemento
N° 857
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que el numeral 5 del artículo 147 de la Constitución de
la República establece como atribución del Presidente de
la República, dirigir la administración pública en forma
desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su
integración, organización, regulación y control;
Que el numeral 9 del artículo 147 de la Constitución de
la República establece como atribución del Presidente
de la República, el nombrar y remover a las ministras y
ministros de Estado y a las demás servidoras y servidores
públicos cuya nominación le corresponda;
Que mediante Decreto Ejecutivo número 591 de 03 de
diciembre de 2018, se designó al señor Marcelo Mata
Guerrero como Ministro del Ambiente;
Que mediante Decreto Ejecutivo número 635 de 11 de
enero de 2019, se designó al señor Raúl Clemente Ledesma
Huerta como Gobernador de la Provincia del Guayas;
Que mediante Decreto Ejecutivo número 783 de 04 de
junio de 2019, se designó al señor Luis Eduardo Khalifé
Moraga como Secretario General de Comunicación de la
Presidencia de la República;
Que el señor Marcelo Mata Guerrero ha presentado la
renuncia a su cargo como Ministro del Ambiente;
Que el señor Raúl Clemente Ledesma Huerta ha presentado
la renuncia a su cargo como Gobernador de la Provincia
del Guayas;
Que el señor Luis Eduardo Khalifé Moraga ha presentado
su renuncia al cargo como Secretario General de
Comunicación de la Presidencia de la República; y,
En ejercicio de la atribución que le conf‌i eren el número 9
letra d del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva,
Decreta:
Artículo 1.- Aceptar las renuncias de los funcionarios
Marcelo Mata Guerrero, Raúl Clemente Ledesma Huerta
y Luis Eduardo Khalifé Moraga y agradecerles por los
valiosos y leales servicios prestados al Estado ecuatoriano.
Artículo 2.- Designar al señor Raúl Clemente Ledesma
Huerta como Ministro del Ambiente
Artículo 3.- Designar al señor Gabriel Vicente Arroba
Soria como Secretario General de Comunicación de la
Presidencia de la República.
Artículo 4.- Encargar la Gobernación de la Provincia del
Guayas al señor Juan Francisco Andrade Villagómez.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Deróguese las
disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan
al presente Decreto Ejecutivo.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Decreto Ejecutivo
entrará en vigencia a partir de la presenta fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de agosto de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 27 de agosto del 2019, certif‌i co que el que antecede
es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No. 858
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que, el artículo 141, inciso primero, de la Constitución
de la República del Ecuador establece que el Presidente
de la República ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe de
Estado y de Gobierno y responsable de la administración
pública;
Que, el numeral 13 del artículo 147 de la Constitución
de la República del Ecuador dispone como una atribución
y deber de la Presidenta o Presidente de la República el:
“Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación
de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los
que convengan a la buena marcha de la administración.”;
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