Sentencias. 918-17-EP/21 En el Caso No. 918-17-EP Desestímense las pretensiones de la demanda de acción extraordinaria de protección Nº 918-17-EP

Número de Boletín243
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 1º de diciembre de 2021Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 243
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Sentencia No. 918-17-EP/21
Juez ponente: Alí Lozada Prado
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Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicación@cce.gob.ec
Quito, D.M. 20 de octubre de 2021
CASO No. 918-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema: La Corte Constitucional desestima la vulneración al derecho al debido proceso
en la garantía de la motivación en un auto que inadmitió un recurso de casación emitido
dentro de un proceso contencioso tributario. Para tal efecto, se verifica que el auto
impugnado se pronunció sobre las alegaciones del recurso y expuso razones en
fundamento de su decisión.
I. Antecedentes
A. Actuaciones procesales
1. El 5 de agosto de 2016, la compañía JEANSTEZ CIA. LTDA. presentó una demanda
contenciosa tributaria en contra del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE)
en la que se impugnó la resolución N.° JRP3-2016-0301-D001, de 28 de junio de 2016
1
,
mediante la cual se rectificó el pago de tributos por la importación de una mercadería.
2. El 7 de febrero de 2017, dentro del proceso N.° 01501-2016-00081, el Tribunal Distrital
de lo Contencioso Tributario con sede en Cuenca emitió una sentencia en la que aceptó
la demanda y dejó sin efecto la resolución de rectificación de tributos.
3. El 21 de febrero de 2017, el SENAE interpuso recurso de casación. En auto del 24 de
marzo de 2017, el respectivo conjuez de la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte
Nacional de Justicia inadmitió el recurso interpuesto.
4. El 18 de abril de 2017, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador presentó una
demanda de acción extraordinaria de protección impugnando el auto que inadmitió su
recurso de casación.
5. La Sala de Admisión de la Corte Constitucional, mediante auto de 21 de junio de 2017,
admitió a trámite la demanda presentada.
6. Una vez posesionados los actuales integrantes de la Corte Constitucional, se llevó a cabo
un sorteo de la causa, correspondiendo la sustanciación de la misma al juez
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Mediante este acto administrativo, se estableció que la compañía actora debía cancelar la suma de USD
2.426,68, por concepto de rectificación de tributos a la importación de dos tipos de tela (tela tipo toalla y
tela tipo camisa).

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