Ordenanzas Municipales. 94 Cantón Piñas: Para regular el comercio, distribución, entrega, fabricación y uso de sorbetes plásticos

Número de Boletín89
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 27 de noviembre de 2019 – 5Registro Of‌i cial Nº 89 – Suplemento
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 174, publicado en
el Registro Of‌i cial Suplemento Nro. 249, de 10 de enero
de 2008, se expide el Reglamento de la Seguridad para la
Construcción y Obras Públicas;
Que, mediante Resolución Nro. 020-INS-DIR-
ARCOM-2014, publicada en el Registro Of‌i cial Nro. 247 de
16 de mayo de 2014, se expide el Reglamento de Seguridad
y Salud en el Trabajo en el Ámbito Minero;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 131, publicado
en el Registro Of‌i cial Nro. 525, de 18 de junio de 2015, se
expide el Listado de actividades Peligrosas en el Trabajo de
Adolescentes;
Que, mediante Acuerdo Interinstitucional Nro. SETED-
MDT-2016-001-A, se expiden las Directrices para el
desarrollo e implementación del programa de prevención
integral al uso y consumo de drogas en los espacios laborales
públicos y privados;
Que, el Acuerdo Ministerial Nro. 82, publicado en el Registro
Of‌i cial Nro. 16, de 16 de junio de 2017, hace referencia a
la normativa para la erradicación de la discriminación en el
ámbito laboral;
Que, la Disposición General Segunda del Acuerdo
Ministerial Nro. 303, publicado en el Registro Of‌i cial
Suplemento Nro. 937, de 03 de febrero de 2017, relativo a
las Normas Generales aplicables a inspecciones integrales
del trabajo, establece: “Las Inspecciones en materia de
Seguridad y Salud forman parte de las inspecciones
integrales; sin embargo, el procedimiento y la determinación
de las sanciones que se establezcan en inobservancia a
sus disposiciones se regularán en la respectiva norma o
instructivo que se emita para el efecto”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2019-0217,
de 13 de agosto 2019, publicado en el Registro Of‌i cial Nro.
34, de 06 de septiembre de 2019, se emitió las delegaciones
para los servidores del Ministerio del Trabajo;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2017-0135,
de 29 de agosto 2017, publicado en el Registro Of‌i cial Nro.
104, de 20 de octubre de 2017, se emitió el Instructivo para
el Cumplimiento de las Obligaciones de Empleadores;
Que, mediante Acción de Personal Nro. 2019-MDT-DATH-
2556, de 11 de noviembre de 2019, el Coordinador General
Administrativo Financiero, en uso de las atribuciones que
le conf‌i ere el Acuerdo Ministerial Nro. 217 de fecha 13 de
agosto de 2019, conforme a lo determinado en el artículo
126 de la Ley Orgánica del Servicio Público y artículo 270
de su Reglamento General, designa en Subrogación de las
funciones de Ministro del Trabajo al Abg. Héctor Oswaldo
Guanopatín Jaime, a partir del 12 de noviembre hasta el 14
de noviembre de 2019;
Que, es necesario considerar la importancia de la
simplif‌i cación de trámites dentro de los procesos
administrativos; y,
En ejercicio de las atribuciones conferidas, tanto en
el número 1, del artículo 154 de la Constitución de la
artículo 51 de la Ley Orgánica de Servicio Público y artículo
17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,
ACUERDA:
REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL
Nro. MDT-2017-0135, QUE EXPIDIÓ EL
INSTRUCTIVO PARA EL CUMPLIMIENTO DE
LAS OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
PUBLICOS Y PRIVADOS
Artículo Único.- Sustitúyase el artículo 14, por el siguiente:
Art. 14.- De la actualización y renovación.- El empleador
deberá actualizar y renovar la información reportada
en materia de seguridad y salud en el trabajo, dentro de
los 12 meses subsiguientes a la fecha del último registro
en el Sistema Único de Trabajo - SUT, sin perjuicio de lo
establecido en normativa superior.
Las actualizaciones que la plataforma informática tuviese
y otras que fueran determinadas y requeridas por esta
Institución, serán notif‌i cadas oportunamente al usuario
externo.”.
Disposición Final.- El presente Acuerdo Ministerial, rige a
partir del 14 de noviembre de 2019.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, 14 de noviembre de 2019.
f.) Abg. Héctor Guanopatín J., Ministro del Trabajo (S).
N° 94
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE PIÑAS
EL CONCEJO MUNICIPAL
Considerando:
Que, el Estado ecuatoriano reconoce el derecho a respetar
integralmente a la naturaleza;
Que, son políticas estatales adoptar las medidas oportunas a
f‌i n de evitar impactos ambientales negativos;
Que, el Estado ecuatoriano garantiza el derecho a vivir en
un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, libre de
contaminación y en armonía con la naturaleza;
determina que el Estado deberá aplicar medidas de precau-
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