Decretos. 966 Otórguese la nacionalidad ecuatoriana por servicios relevantes al señor Richard Hernán Schünke
Número de Boletín | 150 |
Sección | Decretos |
Emisor | Presidencia de la República |
Jueves 27 de febrero de 2020 – 5Registro Ofi cial Nº 150 – Suplemento
No. 966
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
de la Constitución de la República, son ecuatorianas por
naturalización las personas que obtengan la nacionalidad
ecuatoriana por haber prestado servicios relevante al país
con su talento o esfuerzo individual;
Que el artículo 76 de la Ley Orgánica de Movilidad
Humana, determina que la persona extranjera que haya
permanecido de forma regular por más de un año en el
territorio ecuatoriano y haya prestado servicios relevantes
al país podrá adquirir la nacionalidad por naturalización, la
cual será otorgada por el señor Presidente Constitucional de
la República;
Que de conformidad con el artículo 77 de la referida Ley, la
concesión de la carta de naturalización es un acto soberano
y discrecional de la Función Ejecutiva;
Que el artículo 71 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Movilidad Humana establece el procedimiento aplicable
para el otorgamiento de la naturalización de personas
extranjeras por haber prestado servicios relevantes;
Que los artículos 4 y 5 del Reglamento para el Otorgamiento
de Cartas de Naturalización por Servicios Relevantes
contienen los requisitos de la solicitud para obtener la carta
de naturalización por servicios relevantes;
Que el señor Richard Hernán Schünke ha solicitado al señor
Presidente Constitucional de la República que le conceda
la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado servicios
relevantes;
Que el señor Richard Hernán Schünke actualmente
se desempeña como deportista de alto rendimiento,
destacándose en la disciplina de fútbol profesional;
Que además de sus acciones como deportista, el
señor Richard Hernán Schünke ha realizado acciones
relacionadas con la educación, disciplina, fortaleza mental
y otras, en favor de atletas con discapacidad pertenecientes
a Olimpiadas Especiales Ecuador;
Que el señor Richard Hernán Schünke ha contribuido
con el desarrollo psicológico, educativo y emocional de
los estudiantes de la Unidad Educativa para la Formación
Deportiva Integral “Independiente del Valle”;
Que durante el tiempo que el señor Richard Hernán Schünke
ha vivido en el país, ha demostrado sufi ciente sentido de
pertenencia a la sociedad ecuatoriana; y,
Que el señor Richard Hernán Schünke cumple con los
requisitos establecidos en el artículo 76 de la Ley Orgánica
de Movilidad Humana, artículo 71 de Reglamento a
la Ley Orgánica de Movilidad Humana y artículos 4 y
5 del Reglamento para el Otorgamiento de Cartas de
Naturalización por Servicios Relevantes.
En ejercicio de la atribución que le confi eren los artículos
76 y 77 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana,
Decreta:
ARTÍCULO 1.- Otorgar la nacionalidad ecuatoriana por
servicios relevantes al señor Richard Hernán Schünke, por
su aporte a la República del Ecuador en el ámbito deportivo.
ARTÍCULO 2.- De la ejecución del presente Decreto
Ejecutivo, encárguese al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana y al Registro Civil,
Identifi cación y Cedulación.
Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de
la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Ofi cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 7 de enero de
2020.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 7 de febrero del 2020, certifi co que el que antecede
es fi el copia del original.
Documento fi rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR.
No. 967
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que el artículo 141 de la Constitución de la República
dispone que el Presidente de la República ejerce la Función
Ejecutiva, es el Jefe de Estado y de Gobierno y responsable
de la administración pública;
Que el artículo 147, número 9, de la Constitución de la
República prescribe que es atribución del Jefe de Estado
nombrar y remover a las ministras y ministros de Estado y a
las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación
le corresponda;
Que el artículo Art. 45 del Código Orgánico Administrativo
dispone que “El Presidente de la República es responsable
de la administración pública central que comprende:
1. La Presidencia y Vicepresidencia de la República. 2.
Los ministerios de Estado. 3. Las entidades adscritas o
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