Resolución 4432 - Apruébase y autorízase la publicación de la Guía de Práctica Clínica 'Diagnóstico y Tratamiento del Aborto Espontáneo, Incompleto, Diferido y Recurrente'

Número de Boletín145-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Salud Pública
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2013

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador manda: "Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.";

Que, la citada Constitución de la República del Ecuador en el artículo 154 ordena: "A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión. (...)";

Que, el artículo 361 de la Norma Suprema prescribe: "El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las entidades del sector.";

Que, la Ley Orgánica de Salud dispone: "Art. 4.- La autoridad sanitaria nacional es el Ministerio de Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias.";

Que, el artículo 6 de la Ley Ibídem dispone como responsabilidad del Ministerio de Salud Pública, entre otras, cumplir y hacer cumplir esta Ley, los reglamentos y otras disposiciones legales y técnicas relacionadas con la salud";

Que, la Ley Orgánica de Salud en el artículo 21 dispone que el Estado reconoce al aborto en condiciones de riesgo como problemas de salud pública;

Que, el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud Pública, emitido mediante Acuerdo Ministerial No. 00001034 de 1 de noviembre de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 279 de 30 de marzo de 2012, dispone como Misión de la Dirección Nacional de Normatización: definir normas, manuales de protocolos clínicos, protocolos terapéuticos, protocolos odontológicos y guías de manejo clínico, por ciclos de vida y niveles de atención, así como de procesos de organización y gestión; y,

Que, el aborto realizado en condiciones de riesgo representa un grave problema de salud pública, razón por la cual es necesario ilustrar a los profesionales de salud en la toma de decisiones acerca del diagnóstico y tratamiento del aborto incompleto, diferido y recurrente, con instrumentos que les permitan ofrecer a las mujeres una mejor calidad de atención.

En ejercicio de las atribuciones legales conferidas por los artículos 151 y 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y por el artículo 17 del estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1 Aprobar y autorizar la publicación de la Guía de Práctica Clínica "DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DEL ABORTO ESPONTÁNEO, INCOMPLETO, DIFERIDO Y RECURRENTE", adaptada por la Dirección Nacional de Normatización con la participación de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud y la colaboración de expertos en la materia.
Art. 2 Disponer que la Guía de Práctica Clínica "DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DEL ABORTO ESPONTÁNEO, INCOMPLETO, DIFERIDO Y RECURRENTE", sea aplicada nivel nacional, como una normativa del Ministerio de Salud Pública de carácter obligatoria para el Sistema Nacional de Salud (Red Pública Integral de Salud y Red Complementaria).
Art. 3 Publicar la Guía de Práctica Clínica "DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DEL ABORTO ESPONTÁNEO, INCOMPLETO, DIFERIDO Y RECURRENTE" en la página web del Ministerio de Salud Pública.
Art. 4 De la ejecución del presente Acuerdo Ministerial que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese a la Subsecretaria Nacional de Provisión de Servicios de Salud.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de octubre de 2013.

f.) Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública.

Diagnóstico y tratamiento del aborto espontáneo, incompleto, diferido y recurrente

Guía de Práctica Clínica (GPC)

Dirección Nacional de Normatización

Ministerio de Salud Pública

Subsecretaría Nacional de Gobernanza de la Salud

Pública

Dirección Nacional de Normatización

Av. República del Salvador 36-64 y Suecia

Quito - Ecuador

Teléfono: 593-2 381-4400

www.msp.gob,ec

Edición general: Dirección Nacional de Normatización - MSP

En esta Guía de Práctica Clínica (GPC) se reúnen un conjunto de afirmaciones, desarrolladas de manera sistemática para asistir a prestadores de salud de la Red Pública Integral de Salud y de la Red Complementaria en la toma de decisiones acerca del diagnóstico y tratamiento del aborto incompleto, diferido y recurrente. Esta GPC fue elaborada por la Dirección Nacional de Normatización y con la participación de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud de la República del Ecuador y expertos en la materia, bajo la coordinación de la Dirección Nacional de Normatización; los autores y editores declaran no tener conflicto de interés con los postulados que contiene la guía

El documento contiene información verídica, completa y actualizada; se incluyen evidencias y recomendaciones. Las recomendaciones son de carácter general, por lo que no definen un modo único de conducta procedimental o terapéutica. La aplicación de las recomendaciones en la práctica, deberá basarse en el juicio clínico de quien las emplea como referencia, así como en las necesidades específicas y preferencias de cada paciente en particular; los recursos disponibles al momento de la atención y las normas y protocolos existentes al momento.

En vista de la posibilidad de cambios en las ciencias médicas, se recomienda a los lectores revisar el prospecto de cada medicamento que planean administrar para cerciorarse de que la información contenida en este documento no se haya presentado cambios en las dosis sugeridas o en las contraindicaciones para su administración en el marco de una posible nueva evidencia.

Publicado en 2013

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Los contenidos son publicados bajo Licencia de Creative Commons de "Atribution-No Comercial-Compartir Igual 3.0 Ecuador", y puede reproducirse libremente citando la fuente sin autorización escrita, con fines de enseñanza y capacitación no lucrativas, dentro del Sistema Nacional de Salud.

Como citar esta obra:

Ministerio de Salud Pública. Guía de Práctica Clínica (GPC): Diagnóstico y tratamiento del aborto espontáneo, incompleto, diferido y recurrente. Dirección Nacional de Normatización, 1ª Edición, Quito, Ecuador, 2013. Disponible en: http://salud.gob.ec

Autoridades

Mag. Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública

Dr. Miguel Malo, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud

Dr. Francisco Vallejo, Subsecretario Nacional de Gobernanza de la Salud Pública

Dra. Gabriela Aguinaga. Directora Nacional de Normatización MSP

Edición general

Dirección Nacional de Normatización MSP

Equipo de redacción y autores

Dr. Wilfrido León, Médico Ginecólogo, Consultor UNFPA.

Dr. Fabricio González-Andrade, Investigador Senior Programa Prometeo SENESCYT

Dr. Eduardo Yépez, Médico Ginecólogo, Consultor UNFPA

Dra. Gabriela Aguinaga, Dirección Nacional de Normatización MSP.

Dra. Ximena Raza, Dirección Nacional de Normatización MSP

Equipo de revisión y validación

Psi. Ana Vera, Asesora del Despacho Ministerial, MSP

Dra. Susana Guijarro, Analista Técnico, Dirección Nacional de Normatización MSP

Dra. Ana Lucía Martínez, Analista Técnico, Dirección Nacional de Normatización MSP

Dra. Irlanda Ordóñez, Analista Técnico, Dirección Nacional de Normatización MSP

Dr. Ramiro López, Programa Nacional de Genética MSP

Dra. Alicia Rodríguez, Programa Nacional de Genética MSP

Dr. Alfredo Jijón-Letort, Médico Ginecólogo, PUCE, Quito

Dra. Tatiana Ortiz, Médico Ginecólogo, CEPAM Guayaquil

Dr. Bernardo Vega, Médico Ginecólogo, Cuenca

Dra. Andrea Espinoza, Médica Ginecóloga, Hospital Vicente Corral Moscoso, Cuenca

Dr. Germán Soria, Médico Ginecólogo, Hospital Carlos Andrade Marín, Quito

Dr. Enrique Amores, Médico Ginecólogo, Hospital Enrique Garcés,Quito

Dr...

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