ACESS-2022-0008 Expídese el Instructivo para la emisión de resoluciones de carácter regulatorio normativo
Fecha de publicación | 01 Abril 2022 |
Número de Gaceta | 34 |
Viernes 1º de abril de 2022Registro Ocial Nº 34
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AGENCIA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE
SALUD Y MEDICINA PREPAGADA – ACESS
RESOLUCIÓN Nro. ACESS-2022-0008
DR. ROBERTO PONCE PÉREZ
DIRECTOR EJECUTIVO
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 82 determina “El
derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la
existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las
autoridades competentes.”;
Que, la Carta Magna en el artículo 361 dispone: "El Estado ejercerá la rectoría del
sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la
política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades
relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las entidades del sector";
Que, la Constitución de la República en su artículo 424, dispone que: “(…) La
Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del
ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener
conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de
eficacia jurídica (…)”;
Que, la Norma Suprema, en su artículo 425, determina: “El orden jerárquico de
aplicación de las normas será el siguiente: (…) La Constitución; los tratados y
convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas
regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas;
los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes
públicos”;
Que, la Ley Orgánica de Salud, publicada en el Registro Oficial Suplemento 423
de 22 de diciembre de 2006, en su artículo 6 establece, entre las
responsabilidades del Ministerio de Salud Pública: "(...) 24. Regular, vigilar,
controlar y autorizar el funcionamiento de los establecimientos y servicios de salud,
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públicos y privados, con y sin fines de lucro, (...)”;
Que, el Código Orgánico Administrativo, en su artículo 130 estipula: “Las
máximas autoridades administrativas tienen competencia normativa de carácter
administrativo únicamente para regular los asuntos internos del órgano a su cargo,
salvo los casos en los que la ley prevea esta competencia para la máxima autoridad
legislativa de una administración pública”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 703 publicado en el Suplemento del
Registro Oficial 534 de 1 de julio de 2015 se creó la Agencia de
Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina
Prepagada –ACESS, como un organismo técnico administrativo, adscrito al
Ministerio de Salud Pública, encargado de ejercer la regulación técnica,
control técnico y la vigilancia sanitaria de la calidad de los servicios de salud
públicos, privados y comunitarios, con o sin fines de lucro, de las empresas
de salud y medicina prepagada y del personal de salud;
Que, el artículo 3 del mencionado Decreto, determina como atribuciones de la
Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y
Medicina Prepagada –ACESS, entre otras, expedir la normativa técnica,
estándares y protocolos, orientados a asegurar la calidad de la atención, la
seguridad del paciente y la mejora continua de la prestación de los servicios
de salud, en el ámbito de su competencia, (numeral 2);
Que, el numeral 5 del artículo 5 del citado Decreto Ejecutivo determina entre las
atribuciones del Directorio: “(…) 5.
Aprobar el plan regulatorio de la Agencia
”;
Que, con el Decreto Ejecutivo Nro. 1204 publicado en el Tercer Suplemento del
Registro Oficial 352 de 17 de diciembre de 2020, se declara como política de
Estado, la mejora regulatoria, a fin de asegurar una adecuada gestión
regulatoria gubernamental, mejorar la calidad de vida de la población,
fomentar la competitividad y el emprendimiento, propender a la eficiencia
en la economía y garantizar la transparencia y seguridad jurídica;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nº 0350-2019, publicado en el Registro Oficial
937 de 27 de mayo de 2019, el Ministerio de Salud Pública aprobó y autorizó
la publicación de la Norma Técnica “Metodología para la elaboración de
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