Acuerdos 193. Modifícaseel Acuerdo Ministerial 019 de 20 enero de 2011

Número de Boletín128
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Finanzas
Fecha de la disposición20 de Junio de 2013

EL MINISTERIO DE FINANZAS

Considerando:

Que el artículo 154 número 1 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que los ministras y ministros de Estado les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el artículo 270 de la Constitución de la República del Ecuador establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados GAD generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad;

Que el artículo 271 de la Constitución de la República del Ecuador establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados GAD participarán de al menos el quince por ciento de los ingresos permanentes y de un monto no inferior al cinco por ciento de los no permanentes correspondientes al Estado Central, excepto los de endeudamiento público. Las asignaciones anuales serán predecibles, directas, oportunas y automáticas y se harán efectivas mediante las transferencias desde la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional a las cuentas de los GAD;

Que el artículo 188 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, determina la participación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las rentas del Estado conforme a los principios de subsidiaridad, solidaridad y equidad tributaria;

Que el artículo 191 del Código Orgánico de Organización

Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD dispone que el...

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