Resoluciones 545. Apruébanse los alcances y los estudios de impacto y planes de manejo ambiental de los siguientes proyectos: Construcción y Operación del Poliducto Pascuales - Cuenca', ubicado en las provincias de Guayas, Cañar y Azuay y otórgase licencia ambiental a dicho proyecto
Número de Boletín | 64 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Ministerio del Ambiente |
Fecha de la disposición | 25 de Julio de 2013 |
Lorena Tapia Núñez
MINISTRA DEL AMBIENTE
Considerando:
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados;
Que, el numeral 27 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza;
Que, el numeral 4 del artículo 276 de la Constitución de la República del Ecuador señala como uno de los objetivos del régimen de desarrollo, el recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Gestión Ambiental, las obras públicas, privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que
puedan causar impactos ambientales, deben previamente a su ejecución ser calificados, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental cuyo principio rector será el precautelatorio;
Que, para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental, se deberá contar con la licencia ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente, conforme así lo determina el artículo 20 de la Ley de Gestión Ambiental;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos de participación social, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación, entre el sector público y el privado;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado; que pueda producir impactos ambientales;
Que, de acuerdo al artículo 20 del Título I, Del Sistema Único de Manejo Ambiental, del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, la participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases;
Que, mediante Oficio No. 913-PCO-GRN-PEP-2009 de 28 de enero de 2009, PETROCOMERCIAL remite a la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Minas y Petróleos, los "Términos de Referencia para realizar el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para el proyecto Construcción del Poliducto Pascuales - Cuenca", a ubicarse en las provincias de Guayas, Cañar y Azuay;
Que, mediante Oficio No. 164-DINAPAH-EEA 903677 de 12 de marzo de 2009, la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Minas y Petróleos presenta observaciones a los "Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para el proyecto construcción del Poliducto Pascuales - Cuenca", a ubicarse en las provincias de Guayas, Cañar y Azuay;
Que, mediante Oficio No. 003213-PCO-GRN-PEP-2009 de 27 de marzo de 2009, PETROCOMERCIAL remite a la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Minas y Petróleos, información complementaria a los "Términos de Referencia para realizar el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para el proyecto construcción del Poliducto Pascuales - Cuenca", a ubicarse en las provincias de Guayas, Cañar y Azuay;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1630 publicado en el Registro Oficial No. 561 de 1 de abril de 2009 se transfirieron al Ministerio del Ambiente, todas las competencias, atribuciones, funciones y delegaciones que en materia ambiental ejercía la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Minas y Petróleos, la Dirección Nacional de Protección Ambiental Minera DINAPAM y la Dirección Nacional de Protección Ambiental Hidrocarburífera DINAPAH;
Que, mediante Oficio No. 0752-2009-SCA-MAE de 09 de junio de 2009, la Subsecretaría de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente aprueba los "Términos de Referencia para la Elaboración del Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para el proyecto construcción del Poliducto Pascuales - Cuenca", a ubicarse en las provincias de Guayas, Cañar y Azuay;
Que, mediante Oficio No. 602/09 P375 de 06 de octubre de 2009, la consultora contratada por PETROCOMERCIAL, solicita a la Dirección Nacional de Prevención de la Contaminación Ambiental del Ministerio del Ambiente, el Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosque Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado (PFE), para el proyecto de "Diseño Definitivo Poliducto Pascuales Cuenca", a ubicarse en las provincias de Guayas, Cañar y Azuay;
Que, mediante Oficio No. MAE-DNPCA-2009-1766 de 07 de octubre de 2009, la Dirección Nacional de Prevención de la Contaminación Ambiental del Ministerio del Ambiente, otorga el Certificado de Intersección del proyecto de "Diseño Definitivo Poliducto Pascuales Cuenca", a ubicarse en las provincias de Guayas, Cañar y Azuay, en el cual se determina que el mencionado proyecto, NO INTERSECTA con el el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosque Protectores (BP) y Patrimonio Forestal del Estado (PFE), cuyas coordenadas son las siguientes:
COORDENADAS: PSAD 56 Zona 17 S
PUNTOS
X
Y
PUNTOS
X
Y
TUBERÍA POLIDUCTO
1
616331
9771488
116
725244
9726148
2
614996
9772030
117
725833
9726364
3
613333
9772185
118
726557
9726165
4
611747
9774796
119
727046
9726214
COORDENADAS: PSAD 56 Zona 17 S
PUNTOS
X
Y
PUNTOS
X
Y
TUBERÍA POLIDUCTO
5
611050
9774951
120
727940
9725892
6
610722
9774796
121
728769
9725566
7
613507
9776304
122
729313
9725039
8
614048
9776304
123
729930
9724973
9
615712
9778103
124
730254
9724714
10
618535
9778316
125
731418
9724418
11
624415
9777039
126
731945
9724284
12
626543
9777117
127
732429
9723884
13
628690
9776788
128
732892
9723189
14
631088
9776034
129
733183
9722374
15
631919
9775802
130
733334
9721905
16
632867
9774467
131
733455
9721312
17
634473
9774138
132
733328
9720900
18
636542
9770367
133
733061
9720473
19
639114
9765589
134
733012
9720158
20
640565
9763597
135
733116
9719941
21
643621
9760464
136
733010
9719689
22
647334
9757021
137
732661
9719231
23
652092
9754159
138
732688
9718820
24
657121
9751470
139
732758
9718303
25
657837
9748453
140
733304
9717935
26
659229
9747080
141
733271
9717631
27
662304
9747641
142
733311
9717174
28
666772
9744508
143
733275
9716786
29
669886
9742554
144
732890
9715638
30
673445
9738183
145
733145
9716326
31
673851
9735050
146
732606
9715406
32
676907
9730679
147
732487
9715071
33
677286
9728342
148
732181
9715000
34
681568
9725747
149
731542
9714073
35
709696
9727388
150
731463
9713273
36
723622
9724714
151
731355
9712620
37
732689
9723630
152
731313
9711988
38
729340
9703871
153
731298
9711621
39
733398
9696216
154
731482
9710978
40
734228
9686440
155
732009
9709783
41
677212
9727501
156
731734
9708957
42
677598
9727501
157
731849
9708448
43
680286
9726166
158
731527
9707318
44
680690
9725955
159
731096
9705670
45
686855
9725849
160
730705
9705079
46
688207
9724989
161
730389
9704645
47
688699
9724778
162
730179
9704575
48
688752
9724409
163
729650
9704051
49
688664
9724339
164
729148
9703750
50
688945
9723865
165
729343
9703262
51
689208
9723794
166
729538
9703133
52
688734
9723988
167
729742
9702620
53
688594
9724198
168
729740
9702232
54
689384
9723566
169
730295
9701603
55
689946
9723636
170
730471
9701113
56
690596
9724093
171
730872
9700703
57
690965
9724673
172
730997
9700177
58
690983
9724936
173
731339
9699693
COORDENADAS: PSAD 56 Zona 17 S
PUNTOS
X
Y
PUNTOS
X
Y
TUBERÍA POLIDUCTO
59
691070
9725059
174
731428
9699043
60
691808
9725077
175
732107
9698152
61
691931
9725393
176
732416
9697364
62
692634
9725621
177
732428
9697016
63
693477
9726148
178
732679
9696681
64
694671
9725533
179
733243
9696305
65
695374
9725885
180
733453
9695529
66
696041
9725902
181
733347
9695100
67
696709
9725779
182
733326
9694894
68
697130
9725340
183
733204
9694634
69
697745
9725147
184
733392
9695086
70
698202
9724971
185
733395
9693861
71
699027
9725217
186
733268
9693402
72
700204
9726060
187
733379
9692977
73
700468
9726376
188
733480
9692647
74
701153
9727044
189
733087
9692165
75
701486
9727009
190
732960
9691608
76
701767
9726640
191
732880
9691127
77
702329
9726693
192
733080
9690998
78
703155
9726675
193
733302
9690689
79
703383
9726394
194
733503
9690113
80
704033
9726710
195
733594
9689725
81
704490
9727219
196
733371
9689301
82
705105
9727659
197
733279
9688885
83
705632
9728080
198
733255
9688520
84
706512
9728179
199
733480
...
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