Ordenanzas Municipales. Cantón Ambato: Reformatoria del artículo 11 de la Ordenanza que regula y controla la ocupación de bienes de uso público

Número de Boletín239
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2014

EL CONCEJO MUNICIPAL DE AMBATO

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 264, numeral 2, en concordancia con el literal b) del artículo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala que es competencia exclusiva de los gobiernos municipales, ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el Cantón;

Que, el literal f) del artículo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización señala que es competencia de los gobiernos autónomos descentralizados municipales, planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal; y,

Que, es necesario generar una reforma al artículo 11 de la ordenanza que regula y controla la ocupación de bienes de uso público con la finalidad de regular la circulación de vehículos de carga pesada, en las vías del Cantón.

En uso de sus atribuciones contempladas en el literal a) del artículo 57, en concordancia con el artículo 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

Expide:

LA ORDENANZA REFORMATORIA DEL

ARTÍCULO 11

DE LA ORDENANZA QUE.

REGULA Y CONTROLA LA OCUPACIÓN DE

BIENES DE USO PÚBLICO

Artículo 1 Luego del primer inciso del artículo once de la Ordenanza que Regula y Controla la Ocupación de Bienes de Uso Público, agréguese el siguiente inciso:

Se autorizan las actividades de carga y descarga de mercaderías de todo tipo únicamente con vehículos de hasta seis toneladas de carga, de longitud máxima de 7,50 metros, ancho máximo de 2,3 metros con dos ejes y de 4 a 6 llantas, en el horario comprendido entre las 10:00 y 16:00 horas, en aquellas calles donde está permitido el estacionamiento, que se encuentran dentro del perímetro urbano comprendido entre la avenida 12 de noviembre, intersección con la calle Eugenio Espejo, avenida González Suárez; avenida Unidad Nacional, calles Humberto Albornoz; Constantino Fernández; José Joaquín de Olmedo; Lizardo Ruiz; Pérez de Anda, Francisco Flor, Mejía Lequerica; José Joaquín de Olmedo, intersección calle Juan León Mera, calle Hipólito...

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